_
_
_
_
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Autónomo y dependiente

La regulación en el Estatuto del Trabajador Autónomo de la figura del autónomo dependiente, pactada entre el Ministerio de Trabajo y las asociaciones, corre el peligro de generar más dificultades de las previstas, tanto administrativas como judiciales, a juzgar por la interpretación que los especialistas están haciendo ya. El autónomo dependiente es el trabajador que percibe de una empresa por la prestación de servicios al menos el 75% de sus ingresos laborales, pero que regula su relación como cotizante a la Seguridad Social de manera personal e individual. Los expertos sostienen que el Estatuto es el mecanismo para legalizar una figura laboral fraudulenta hasta ahora, a la que están acogidas unas 400.000 personas en España.

Tiene sentido regular la relación contractual y comercial de este tipo de trabajadores que adquieren ingresos de trabajos para más de una empresa, y que funcionan laboralmente como autónomos, poniendo de su cuenta en muchos casos los medios para el trabajo (teléfono, automóvil, ordenador e incluso despacho). Los servicios especiales a las empresas, de fuerte crecimiento en los últimos años, están llenos de situaciones así. Pero no tiene mucho sentido crear esta figura para trabajadores que reciben el 100% de sus ingresos y a jornada completa de una sola compañía, puesto que su relación económica tiene mucho más parentesco con el asalariado tradicional que con el autónomo.

El riesgo de autonomizar a franjas de asalariados en determinadas actividades de forma forzada existe, aunque posteriormente sea un juez de lo social quien dirima las diferencias en una relación puramente mercantil. La propia Seguridad Social reconoce en su memoria económica que este riesgo es real, además de admitir la posibilidad de perder recursos financieros con esta nueva figura, sólo compensados con la obligatoriedad para el colectivo de cotizar por accidente laboral. Estamos ante un cambio regulatorio que debería madurarse más, antes de consagrar como legal una figura sobre la que existe una sombra de sospecha.

Más información

Archivado En

_
_