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Columna
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Primer balance de la reforma laboral

Han pasado más de tres meses de la entrada en vigor del acuerdo sobre la reforma laboral y empiezan a conocerse ya sus primeros efectos. El autor hace balance de este periodo, que arroja un notable incremento de la contratación indefinida, impulsada por la conversión de contratos temporales en fijos

Ya han transcurrido más de tres meses desde la entrada en vigor de la reforma laboral contenida en el Acuerdo para la Mejora del Crecimiento y del Empleo (AMCE), suscrito entre el Gobierno y los interlocutores sociales, y comienzan a conocerse resultados, que permiten realizar un primer balance de la misma.

El objetivo principal de la nueva reforma laboral (véase el artículo del autor en Cinco Días el 3 y 4 de junio de 2006) es la reducción de la temporalidad, la más alta de la Unión Europea y uno de los problemas fundamentales que tiene planteado el mercado de trabajo español. Para esta reducción de la temporalidad el acuerdo entre el Gobierno y los interlocutores sociales instrumentó dos tipos de medidas: la limitación de la contratación temporal y el fomento de la contratación indefinida.

Para la limitación de la contratación temporal se persigue evitar encadenamientos sucesivos y abusivos de los contratos temporales durante un largo periodo de tiempo, tanto para el mismo trabajador como para distintos trabajadores que desempeñen el mismo puesto de trabajo en la empresa.

Para el fomento de la contratación indefinida el acuerdo establece cuatro medidas:

l La extensión del contrato para el fomento de la contratación indefinida (con una indemnización por despido improcedente inferior a la del contrato indefinido ordinario) a la conversión de contratos temporales en indefinidos, siempre que el temporal se haya celebrado antes del 31 de diciembre de 2007.

l La reducción del tipo de cotización empresarial por desempleo de los contratos indefinidos de 0,25 puntos porcentuales el 1 de julio de 2006 y de 0,25 puntos el mismo día de 2008.

l La modificación del sistema de incentivos a la contratación indefinida, reservándose a los contratos iniciales, al excluirse de dichos incentivos las conversiones de contratos temporales en indefinidos, con la salvedad de los contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

l Por último, como excepción de la regla general, y con la intención de convertir en estables parte de los contratos temporales vigentes en el momento de la firma del acuerdo, el establecimiento de un plan extraordinario de conversión de los contratos temporales, celebrados con anterioridad al 1 de junio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007: la reducción de la cotización empresarial a la Seguridad Social es de 800 euros durante tres años por contrato convertido.

Precisamente, los resultados disponibles, relativos al tercer trimestre del año, son los del total de las contrataciones indefinidas y de las conversiones de contratos temporales en indefinidos del citado programa extraordinario.

Según estos resultados, proporcionados por el Servicio Público de Empleo Estatal, antiguo Inem, en el tercer trimestre del año se han registrado en las oficinas públicas de empleo 4.688.500 contratos, de los cuales 509.000, el 10,9%, han sido indefinidos, cuando en el trimestre precedente dicho porcentaje era el 10,1% y un año antes (el tercer trimestre de 2005) sólo alcanzaba el 7,7%, lo que es representativo de un aumento del peso relativo de los contratos indefinidos muy significativo, si se tiene en cuenta que el tercer trimestre favorece la contratación temporal. El porcentaje de contratos indefinidos, en relación con el total de los registrados, en el último mes para el que se dispone de información, septiembre, es el 12%, el más alto de toda la serie histórica, con las únicas excepciones de los meses de mayo de 1986, 1988 y 1999.

Por otra parte, como muestra el cuadro adjunto, dentro de las conversiones, en el tercer trimestre el incremento es mucho más intenso en las bonificadas que en las no bonificadas y en los contratos de fomento de la contratación indefinida que en los contratos indefinidos ordinarios.

Estos resultados son, sin duda, consecuencia de los cambios introducidos en la nueva reforma laboral. El fuerte incremento de las conversiones bonificadas es fruto del programa extraordinario de conversiones incentivadas, mientras que el notable aumento de las conversiones a través de los contratos de fomento de la contratación indefinida, con menor coste de despido, está también relacionado con la extensión a este tipo de contratos de las conversiones, que hasta ahora estaban limitadas a los contratos temporales celebrados antes del 31 de diciembre de 2003.

Cara al futuro, y aunque después de finalizado el programa extraordinario de conversiones se moderará, lógicamente, el ritmo de crecimiento actual de la contratación indefinida, es de esperar que el resto de los cambios introducidos en la reforma, sobre todo en el sistema de incentivos a los contratos iniciales indefinidos (mejor selección de colectivos y mayor duración de las bonificaciones que, por otra parte, son más intensas para los contratos con menores salarios), favorecerá un comportamiento muy dinámico de este tipo de contratos.

José Ignacio Pérez Infante. Profesor asociado de Mercado de Trabajo en España de la Universidad Carlos III

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