El control de las subvenciones
El reglamento que pone definitivamente en marcha la Ley de Subvenciones, elaborada por el anterior Ejecutivo en mayo de 2003, ya está en marcha. Respetando básicamente los principios de la normativa anterior, el Ministerio de Hacienda quiere estrechar ahora el control de cuantas subvenciones públicas irrigan la economía nacional al año, más de 50.000 millones de euros contabilizando sólo las estatales, con la creación de una base de datos que centralice todos los flujos financieros, y una junta consultiva que unifique la información sobre las ayudas, a la que estarán obligadas a rendir cuentas también las Administraciones territoriales.
La citada junta tendrá exclusivamente funciones de contabilización y comunicación, y colaborará con los cometidos ejecutivos previos de la Intervención General del Estado y los fiscalizadores ulteriores del Tribunal de Cuentas. Pero sus informes sobre el seguimiento de la demanda de subvenciones y la ejecución de las mismas deben servir al Gobierno como guía fundamental para practicar una política económica acertada. Deben ayudar a que los flujos de subvenciones se encaminen al fomento de la actividad productiva y a la mejora de los niveles de productividad de los agentes económicos, evitando que se desperdicien en programas redundantes y se conviertan en meros subsidios.
Uno de los flujos de subvenciones más abultados en los últimos años en España han sido los recursos financieros enviados desde el presupuesto de la Unión Europea. Su uso, a grandes rasgos, ha sido de los más satisfactorios de Europa, a juzgar por la evolución de las infraestructuras españolas. No obstante, también una buena parte de las subvenciones comunitarias absorbidas por la agricultura pueden catalogarse, como todas las ayudas agrícolas de la Unión, como subsidios, con una finalidad más paralizante que productiva.
Pero, curiosamente, la normativa, impulsada por Hacienda ya hace tres años largos, llega cuando la avalancha presupuestaria comunitaria toca a su fin. Aun así, el volumen de dinero que compone el capítulo de gastos fiscales de los presupuestos estatales justifica sobradamente una norma de control y de dirección del flujo financiero público. Además, la creciente capacidad presupuestaria de las comunidades autónomas y los ayuntamientos, si definitivamente la reforma de la financiación local refuerza su posición económica, hace más imprescindible aún un instrumento para garantizar que cada euro que aportan los contribuyentes para programas de ayudas tiene una finalidad ajustada a necesidad y que lleva implícito el efecto multiplicador para la actividad económica.
El sistema de sanciones que recoge la Ley de Subvenciones y que el reglamento desarrolla de forma detallada, de aplicarse con absoluto rigor, acabaría con las picarescas financieras, con esta especie de corrupción de baja intensidad que se practica con las subvenciones públicas cuando sobran los recursos y los programas se consideran poco menos que estructurales, como si de sagrados derechos se tratase. Bienvenida sea, por lo tanto, tanto la ley como el reglamento que lo desarrolla, en un país en el que la subvención de una u otra naturaleza alcanza casi al 20% del total del gasto público.