El Supremo absuelve a Botín, Amusátegui y Corcóstegui en el 'caso de las jubilaciones'
El Tribunal Supremo decidió ayer absolver al presidente del Santander Emilio Botín, al ex copresidente José María Amusátegui y al ex vicepresidente y consejero delegado Ángel Corcóstegui, por las jubilaciones millonarias recibidas por estos dos últimos directivos tras la fusión entre el Santander y el Central Hispano.
Recibir una retribución de 108,1 millones de euros por abandonar un banco no constituye ningún delito. Así lo estableció ayer la máxima instancia judicial española, en una sentencia que pone fin a un largo proceso judicial iniciado hace casi cuatro años.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestimó ayer un recurso de casación presentado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, en 2005, exculpó a Botín, Amusátegui y Corcóstegui, de un delito de apropiación indebida y otro de administración desleal por cobrar unas indemnizaciones de 43,8 y 108,1 millones de euros.
La sentencia del Supremo, de 48 folios, indica que 'la ley permite una gratificación extraordinaria' como la recibida por los antiguos ejecutivos del Santander y, por lo tanto, no es 'decisivo' que estos acuerdos vengan reflejados en el proyecto de fusión entre Santander y el Central Hispano, tal y como alegaban las acusaciones particulares.
Mientras el fiscal solicitaba una sentencia absolutoria, las acusaciones particulares en esta causa, en representación del ex consejero de Banesto Rafael Pérez Escolar y del accionista minoritario Juan Francisco Franco Otegi, pedían una condena por parte del Supremo por las millonarias retribuciones cobradas por Amusátegui y Corcóstegui.
El Tribunal Supremo, que condena al pago de los gastos jurídicos a las acusaciones particulares, advierte de que 'lo decisivo' es que los órganos de administración del banco (consejo de administración y junta general de accionistas) tuvieran conocimiento de esa 'ventaja de índole económica' para Amusátegui y Corcóstegui.
Sin perjuicio para el banco
La sentencia indica también que no está probado que hubiese 'perjuicio patrimonial' para la entidad resultante de la fusión, sino que, como consecuencia de esta operación para crear el mayor banco en España, 'la sociedad resultó notablemente beneficiada' así como sus accionistas.
Además, reconoce que los informes periciales presentados por el Banco Santander, a través del catedrático Manuel Olivencia y la asesoría Towers-Perrin, justifican las indemnizaciones recibidas por Amusátegui y Corcóstegui.
La sentencia pone fin al proceso judicial de las jubilaciones millonarias al ser improbable que prospere un recurso interpuesto ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, el presidente del primer grupo financiero español, Emilio Botín, aún tiene una veintena de juicios pendientes, todos ellos originados por demandas del ex consejero delegado de Banesto, Rafael Pérez Escolar.
Unas compensaciones tachadas de poco éticas
Aunque las exorbitadas jubilaciones que el Santander pagó a Amusátegui y Corcóstegui no constituyen delito alguno, sí 'transgreden ostensiblemente' los topes máximos que rige la ética y la sensibilidad social, según recoge la sentencia hecha pública ayer por el Supremo. El alto tribunal entiende que para determinar los pagos de los directivos han de tenerse en cuenta sus cualidades personales, académicas y profesionales, así como el estado del mercado de los ejecutivos del sector y su incidencia en la gestión de los resultados. Aunque los magistrados reconocen que los pagos a Amusátegui y Corcóstegui superaron los topes máximos que éticamente deberían abonarse, afirman que no es su función 'suplir los mecanismos de funcionamiento del mercado financiero'.