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Tribuna
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Igualdad por derecho, no por ley

En 1978, como sabemos, se aprueba la Constitución que, en su artículo 14, establece que los españoles son iguales ante la ley. Sin restricciones. En estos 27 años, las mujeres han recuperado una parte importante del espacio público que les corresponde, destacando especialmente los ámbitos educativo y laboral. Por ejemplo, las alumnas universitarias constituyen más del 50% del total del alumnado matriculado y la tasa de actividad femenina ha aumentado casi 20 puntos en este periodo de tiempo: del 28% al 47%.

Pero las estadísticas, que son cabezotas, también nos ponen sobre la mesa otros datos mucho menos optimistas, que señalan las diferencias que existen con respecto a los hombres a la hora de ejercer plenamente este derecho. Especialmente en el ámbito laboral. Por esta razón, el Gobierno quiere y debe aprobar una ley que garantice el cumplimiento de este principio constitucional. Una ley que impulsa, incentiva y fomenta la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la sociedad y en las empresas.

Ante este legítimo, justo y necesario objetivo se han escuchado voces advirtiendo de los peligros y perjuicios sociales que este anteproyecto puede desencadenar. Se ha dicho que quiere imponerse la igualdad en las empresas por ley, cuando realmente debe existir porque es un derecho. Un derecho que debe ser efectivo en lo público y en lo privado y que los poderes públicos están obligados a garantizar.

Es cierto que el proceso hacia la igualdad está en marcha, que muchas empresas han ido adoptando medidas que favorecen el empleo y la promoción de las mujeres. Desde el Instituto de la Mujer lo sabemos porque venimos desarrollando desde hace años programas en esta dirección que son muy bien acogidos. Y que han permitido una mejora en la situación, un lento avance... 27 años después de aprobada la Constitución.

Sin embargo, la igualdad entre mujeres y hombres no puede ser un derecho graduable, a ejercer por fases o graciable, que se ejerza según qué sectores. Como los demás, es un derecho que hay que proteger y permitir su ejercicio pleno desde el momento en que la sociedad lo establece como base de su ordenamiento. Las conquistas sociales de los dos últimos siglos han permitido regular el ejercicio de los derechos de los trabajadores y trabajadoras: salario justo, seguridad social, jornadas limitadas, periodos de descanso... y todos se han aplicado íntegramente desde el momento de su reconocimiento. No han requerido periodos de aplicación, ni se ha planteado que deberían depender de la voluntad del empresariado. ¿La igualdad de oportunidades para las mujeres es menos derecho? ¿No requiere la misma protección?.

El anteproyecto de Ley Orgánica de Igualdad promueve la adopción de medidas positivas para hacer totalmente efectivo el principio de igualdad que establece la Constitución. Medidas que deberán ser acordadas entre las organizaciones sindicales y empresariales, en el marco de la negociación colectiva, del que hasta ahora han estado prácticamente ausentes, sin otro deber que el de negociar sobre ellas.

Promover la contratación de mujeres, para reducir las altas tasas de paro femenino; favorecer la conciliación de la vida privada y la vida laboral, para permitir a trabajadores y trabajadoras, pero también a empresarios y empresarias, atender sus responsabilidades familiares; mejorar las condiciones de promoción de las mujeres, para contribuir a aprovechar todo el talento y la experiencia disponibles en nuestro país, y no solo la mitad, son algunos de los objetivos de este anteproyecto. Pero no son objetivos dirigidos sólo a las mujeres, la Ley de Igualdad constituye la base del progreso de toda nuestra sociedad. Y beneficiará especialmente a las empresas ya que mejorará el rendimiento laboral y como consecuencia la productividad.

Las mujeres han demostrado sobradamente su formación, su experiencia, su responsabilidad, su dedicación, sus habilidades en la dirección, su autoridad y su capacidad de decidir. Aún así, siguen discriminadas en el acceso a los máximos órganos de responsabilidad. Erradicar las barreras que limitan, por el hecho de ser mujeres, su desarrollo profesional hasta los niveles más altos, es también una obligación de los poderes públicos. Abrir las puertas de los consejos de administración a las mujeres no cuestiona sus méritos o capacidades, simplemente corrige aquellos factores que hasta ahora se las cerraban, precisamente por su sexo.

Por todo ello, tenemos que explicar claramente que la futura Ley de Igualdad no es ningún peligro, es una oportunidad para incorporarse de manera definitiva a una economía moderna, innovadora y competitiva.

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