El impuesto sobre sociedades, hoy
En el ámbito del impuesto sobre sociedades (IS) se dirime el atractivo ofrecido a las inversiones extranjeras, la competitividad de las empresas de un país, el impulso a la innovación, la creación de empleo y su calidad. Por otro lado, las grandes posibilidades que abre el otorgamiento de ventajas comparativas en este impuesto han llevado a autoridades supranacionales y organismos de cooperación, como la UE y OCDE, a tomar cartas en el asunto para evitar la deslealtad competitiva. Así, en el tratamiento de los beneficios que se asignan a la investigación e innovación, los manuales de Frascati y Oslo definen minuciosamente estos conceptos a fin de prevenir un trato favorable a actuaciones directamente competitivas presentándolas como precompetitivas. No obstante el ejemplo de Irlanda y de los nuevos socios comunitarios, al aligerar la carga fiscal de las empresas recomienda avanzar en el mismo camino.
La reforma del IS en proceso de debate, participa, en modo muy peculiar, del proceso en curso en la mayor parte del mundo. La rebaja de los tipos aplicables (del 35% al 30%, en cinco años, y del 30% al 25% para pymes) es interesante y -obviamente- bienvenida, pero se hace en dosis pequeñas de un punto por año y, a la vez, elimina una serie de deducciones que, en lo inmediato, parecen de mayor cuantía que la rebaja que se inicia. Lo cierto es que la evolución de la recaudación por este impuesto (aumento de los ingresos en un 18,7% en 2004 y del 23,4% en 2005, datos de noviembre) permitiría, sin serio riesgo para el equilibrio presupuestario, una decisión más enérgica.
Siempre que hay una modificación tributaria profunda se presenta como una medida simplificadora y, a la vez, de impulso de la actividad y del empleo. La supresión de las múltiples deducciones es defendible porque permite a quien ha generado recursos la disponibilidad de una mayor cuota de los mismos para reinvertir o innovar, al tiempo que se da un mayor estímulo a hacerlo gracias a la menor tributación que se le aplique con las ganancias futuras.
El ejemplo de Irlanda y de los nuevos socios de la UE al aligerar la carga fiscal de las empresas recomienda avanzar en el mismo camino
Si la Administración desea potenciar determinada línea de investigación siempre puede hacerlo con subvenciones directas. El problema que aparece con esta orientación tiene varias vertientes. Entre otras, que la habilidad para investigar y generar conocimiento nuevo no suele acompañarse de virtudes especiales en cumplir requisitos formales para acceder a ayudas públicas; otra es el coste de la administración de estos recursos, tanto por los funcionarios responsables de la gestión de concesiones y su seguimiento, como de los que aspiran a la subvención; puede añadirse las demoras que se generan en todo el proceso y que la deducción cae en picado sin que haya contrapartidas en la vía alternativa ni consideración para los planes de investigación que duran más de un ejercicio.
Desde la óptica de la competitividad hay tiempo para corregir algunas deficiencias históricas. Una de las más importantes es la provisión del derecho de los trabajadores en caso de rescisión de contratos, que actuaría como inhibidor del temor a contratar por tiempo indefinido. Esta medida, junto con la garantía que da a los empleados, aportaría veracidad a los balances y respondería a un principio de prudencia especialmente conveniente en un asunto delicado como éste. Tanto si se piensa en circunstancias adversas, como las de 1992 y 1993, en que el mercado laboral sufrió sacudidas enérgicas, como si se busca impulsar la reducción de temporalidad, la consideración seria de esta opción tiene pleno sentido.
Otra dimensión relevante del IS para favorecer competitividad e innovación es la tasa de amortización de los diversos activos. La nueva inversión lleva incorporadas innovaciones que aportan eficiencia por lo que cuanto más rápida sea la tasa de sustitución mayor es la mejora que se obtiene y más sólido el empleo que utiliza ese equipo. Las ventajas que se conceden a la reinversión de plusvalías o de beneficios, especialmente para las pymes, ayudan a generar base tributaria que aporta recaudación en breve plazo. La experiencia de las medidas de libertad de amortización de 1985 es ejemplificadora de la positiva incidencia en empleo, en base y en cuota fiscal.
Desde la última regularización de balances, a pesar de la estabilidad monetaria y la moderación relativa del IPC, han cambiado mucho algunos precios importantes, como el de edificios y terrenos. La fijación de un valor razonable como el que indican las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) sería otra pieza en la veracidad de balances. Muchos piensan que las reformas fiscales cambian todo menos la recaudación. Lo cierto es que, buenas o malas, siempre tienen implicaciones.