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Tribuna
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La reforma del gobierno local

Finalizado el Libro Blanco sobre la reforma del Gobierno local se abre un proceso de debate que marcará el futuro próximo de la Administración más cercana al ciudadano. El autor subraya la importancia de las competencias y la financiación como puntos clave

La orden del 17 de julio de 2004 del Ministerio de Administraciones Públicas (AA PP) dispuso la creación de la comisión para elaborar el Libro Blanco sobre la reforma del Gobierno local. El cometido de esta comisión sería el análisis de la situación del gobierno y la Administración local y efectuar las propuestas necesarias para su reforma de conformidad con la democracia local y con el principio de subsidiariedad.

Un año más tarde, en julio de 2005, la secretaría general técnica del ministerio procedió a editar el Libro Blanco para la reforma del gobierno local.

La definición del sistema de finan-ciación de las comunidades autónomas no debe desligarse del de las entidades locales

Con la versión definitiva del Libro Blanco sobre la citada reforma se estableció el punto de inicio para elaborar del anteproyecto de Ley del Gobierno y de la Administración Local. En este proceso, el pasado día 27 de octubre, el ministro de AA PP presentaba en la Comisión de Entidades Locales del Senado las líneas básicas del proyecto de la futura ley.

De las reflexiones, comentarios y propuestas del citado Libro Blanco, debe salir la ley que modificará la reciente Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local, conocida como Ley de Grandes Ciudades. Corta ha sido la singladura de esta ley, cuando se hace necesaria una reforma en tan breve espacio de tiempo. En su descarga hay que apuntar que la realidad de las entidades locales, en estos últimos años, ha impulsado dos grandes debates clave para el futuro de estas Administraciones: las competencias y la financiación. Es obvio que para dar respuestas a ambas cuestiones se planteen modificaciones tanto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local como en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, reformada en diciembre de 2002.

Del Libro Blanco se extrae una serie de conclusiones que es importante conocer antes de que se inicie el correspondiente debate parlamentario y que se deben incorporar a la futura ley.

Por una parte, se considera importante profundizar y clarificar el concepto de autonomía local. Para ello se propone incorporar la definición que se contiene en la Carta Europea de Autonomía Local.

De otro lado, respecto al sistema de gobierno local, destacar varios asuntos de interés. Según se informa, se pretende sentar las bases de un Gobierno local eficaz y ágil, configurar sólidos mecanismos de control y seguimiento de la gestión del equipo de gobierno y respetar el principio de potestad autoorganizativa. En cuanto a los órganos de gobierno y administración, señala como necesarios al alcalde o presidente, tenientes de alcalde o vicepresidentes, la asamblea municipal o provincial y la comisión especial de cuentas. Asimismo, y respecto a los cargos representativos locales, se pretende definir un catálogo básico de derechos de dichos cargos.

Junto a estos temas, es evidente que una de las cuestiones que despertarán más debate será el relativo a las competencias municipales. Las recomendaciones del Libro centran este asunto bajo tres principios: el del reconocimiento de una cláusula general de competencia a favor de los municipios otorgándoles toda competencia que no esté reservada a otra Administración o actividad que no esté expresamente prohibida por ley, el establecimiento de un listado de competencias a transferir a las entidades locales y, por último, una relación de materias respecto de las que la legislación del Estado y de las comunidades autónomas han de garantizar la intervención municipal mediante la atribución de competencias en materia de planificación, normativa y de gestión.

Respecto a las relaciones intermunicipales, la nueva ley deberá asignar a las provincias y las islas un papel instrumental respecto a los municipios, planteándose un modelo de diputación respetuoso con las competencias autonómicas, dejando espacio para que las comunidades puedan crear otras formas de agrupación de municipios.

Se abre una fase de debate que marcará el futuro próximo de la Administración local, la Administración más cercana al ciudadano. También, sin lugar a dudas, este debate aglutinado en torno a la Ley de Bases del Régimen Local no debe ocultar la otra gran preocupación de los entes locales: su suficiencia financiera.

Sobre el asunto financiero es importante que todas las instituciones reflexionen, pues las reformas que precisan los entes locales han de efectuarse dentro de un marco competencial en el que las comunidades autónomas tienen mucho que decir. El protagonismo de las comunidades autónomas no se circunscribe sólo al ámbito competencial sino que también tienen voz propia a la hora de tratar los modelos de financiación local, y si no obsérvese el Estatuto de Cataluña aprobado a trámite por el Congreso. Por otra parte, la oportunidad de este debate es manifiesta: actualmente las comunidades autónomas se encuentran inmersas en la definición de su sistema de financiación, del que no debe desligarse la financiación de las entidades locales. Es indudable que la Administración local necesita garantizar al ciudadano la prestación eficaz y eficiente de las competencias que ejerce y que para ello necesita de recursos financieros.

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