Un tribunal ratifica la nulidad de varios artículos de la norma de cajas vascas
El decreto que desarrolla la Ley de Cajas de Ahorros vascas ha sufrido un nuevo revés jurídico. A instancias de Kutxa, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica en nueva sentencia la anulación de parte de su articulado.
El Gobierno vasco ya puede empezar a coleccionar las resoluciones judiciales que cuestionan el decreto que desarrolla la Ley Vasca de Cajas de Ahorro. A las ya conocidas que dieron la razón a los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento de San Sebastián y Caja Vital, se suma ahora una nueva sentencia de la sala de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que, a instancias de Kutxa de Guipúzcoa, estima gran parte de los argumentos presentados contra el reglamento elaborado por el Departamento que preside Idoia Zenarruzabeitia.
El fallo, de fecha de 28 de septiembre pero que se ha dado traslado a las partes hace apenas una semana, ratifica las tesis mantenidas en anteriores sentencias por el mismo Tribunal en lo que se refiere a la anulación de hasta 11 artículos y apartados el 14,1b, el 15,4, el 28,3, entre otros) . Estos autos fueron recurridos en casación por el Ejecutivo de Vitoria
La resolución considera que temas relativos al control por parte del Gobierno vasco de la obra social, de las inversiones en compañías con el objetivo de controlar más del 50% o sus órganos de gobierno y la limitación a la presencia de impositores de las oficinas radicadas fuera de la Comunidad Autónoma Vasca, exceden de sus atribuciones. Así decidió su anulación.
ârganos de Gobierno
El Alto Tribunal vasco, que no valora otros artículos recurridos porque Kutxa no solicita expresamente su anulación, sí entra en faena para confirmar que no se ajusta a derecho y declara la nulidad del 48,7 en su parte final y que hace referencia a la elección de vocales y cobertura de vacantes en el consejo de administración. El Superior del País Vasco estima que deben ser las entidades fundadoras las que han de fijar, según estatutos o según acuerdo entre las partes, el número de vocales y elimina así parte del texto elaborado por el Ejecutivo en el que obligaba a un reparto paritario si se producían discrepancias.
Esta no será la última resolución judicial respecto de la reglamentación que regula el funcionamiento de las cajas de ahorros en el País Vasco, ya que aún están pendientes de resolución los recursos planteados por el Partido Socialista de Euskadi y por el Partido Popular.
Esta decisión judicial se conoce después de que el proceso de fusión de las cajas de ahorros vascas, promovido por los presidentes de las tres entidades, se encuentre en punto muerto ante la falta de consenso político para su materialización. Para que la fusión pueda avanzar es necesaria una reforma en profundidad de la actual Ley Vasca de Cajas de Ahorros y, por extensión, habrá de tener un nuevo reglamento que lo desarrolle.
La iniciativa de la reforma corresponde al Gobierno vasco que, si desea que el proceso de integración se desarrolle, habrá de consensual la nueva ley en el Parlamento vasco. En todo momento, ha quedado claro que si la fusión no se plantea desde el consenso y desde el equilibrio territorial, no podrá avanzar.