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Normativa

El Gobierno aprueba el desarrollo de la ley de abuso de mercado

El Consejo de Ministros aprobó el viernes el real decreto que desarrolla la Ley del Mercado de Valores del 28 de julio de 1988 sobre el abuso de mercado y el uso de información privilegiada.

Tras la aprobación de este decreto, las entidades financieras se verán obligadas a informar a la CNMV 'cuando existan indicios razonables para sospechar que una operación utiliza información privilegiada o constituye manipulación del mercado'.

El real decreto completa la trasposición de la directiva comunitaria de abuso de mercado y respeta en su práctica integridad el borrador sometido a consulta pública hace un año. La legislación también obligará a las empresas cotizadas a crear un registro de las personas, trabajadores o no, que tengan acceso a información privilegiada, lo que se comúnmente se conoce como 'lista de iniciados'. Estos registros no serán remitidos a la CNMV, pero deberán mantenerse durante un periodo de cinco años y estar a disposición del regulador.

Información privilegiada

En cuanto a la manipulación del mercado, se enumera, sin ánimo exhaustivo, una serie de prácticas que constituyen manipulación de mercado.

La normativa, de hecho, define lo que se entiende como abuso de mercado. Consiste en la utilización de información privilegiada, es decir, información que todavía no es pública sobre valores, que podría determinar un ascenso o una bajada de las cotizaciones, así como la manipulación de las cotizaciones o prácticas que falsean la libre formación de precios, como, por ejemplo, divulgar noticias falsas.

El real decreto establece también un régimen para reforzar la supervisión de los analistas de Bolsa. Entre los requisitos exigidos figura que los hechos se distingan de interpretaciones, estimaciones y opiniones; que las fuentes sean fiables y que, si no lo son, se señale en la propia recomendación o que se identifique claramente en la recomendación a la persona que la elaboró. Se exigirá también que se revelen los posibles conflictos de interés entre el analista y el emisor.

El Consejo de Ministros también aprobó un real decreto para establecer un régimen adicional de supervisión de conglomerados financieros y para armonizar las distintas normativas sectoriales del sector financiero.

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