Presente y futuro de la inversión colectiva
Las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), tanto a nivel mundial como europeo, han mantenido durante los últimos años una evolución muy positiva, especialmente en 2003 y 2004.
A finales de 2004, los activos de las IIC a nivel mundial alcanzaron los 11,80 billones de euros y, a nivel europeo, dichos activos sumaban los 4,22 billones de euros, mientras que en 2003 las cifras eran de 11,12 billones de euros y 3,76 billones de euros, respectivamente, con unos incrementos del 6% y del 12%.
También en España, las IIC han conocido crecimientos significativos en los últimos años, como consecuencia de la continuación del intenso proceso de desintermediación bancaria al que hemos asistido en la década de los noventa.
El patrimonio de las IIC españolas (Fondos y Sociedades de Inversión Mobiliaria e Inmobiliaria) alcanzó, a finales del 2004, la cifra de 249.211 millones de euros, con un crecimiento del 15% en 2004 y del 17% en 2003. A ello, sin duda, ha contribuido la normativa sobre traspasos que entró en vigor el 1 de enero de 2003 y que permitió al partícipe o accionista de una IIC poder cambiar su inversión a otra IIC, incluso de otra gestora doméstica o internacional, sin tributar por esa reinversión. Este nuevo escenario de mayor competencia supuso un nuevo reto que la industria española, sin duda, superó con gran éxito.
La gran novedad legislativa en el 2004 ha sido la entrada en vigor (el 5 de febrero) de la nueva Ley de IIC (Ley 35/2003, de 4 de noviembre). Su Reglamento de desarrollo entrará en vigor en este ejercicio 2005 y va a suponer un nuevo y significativo reto importante para la industria española, similar al que supuso en su momento la Ley 46/1984 y su Real Decreto de desarrollo 1393/1990, que implantaron la normativa europea (Directiva 85/611), incluso antes de su aprobación definitiva.
El próximo Reglamento de IIC contiene novedades muy importantes, entre las que destacan las siguientes:
l Comercialización en el extranjero de las IIC españolas mediante cuentas globales: hasta ahora las comercializadoras extranjeras preferían comercializar IIC desde otras plazas financieras, donde no se le exige la comunicación diaria a la gestora de los datos identificativos individualizados ni del importe de los movimientos de sus clientes.
l Desarrollo de las IIC de inversión alternativa o de inversión libre y de los Fondos de IIC de inversión: este tipo de instituciones ha tenido un gran éxito en los últimos años y ya existen en numerosos países de Europa (Alemania, Francia, Irlanda, Italia o Luxemburgo), que han regulado tanto la distribución mayorista y profesional como la minorista.
l Desarrollo de los Fondos y Sociedades por compartimentos: si bien la regulación de los compartimentos hubiera tenido hace unos años una gran importancia para el inversor, cuando el registro (el de la CNMV y el mercantil) de una nueva institución demoraba la inscripción hasta tres meses y además no existía libre traspaso entre IIC sin exención fiscal, lo cierto es que va a suponer una reorganización de los productos para las gestoras al poder reducir el número de IIC gestionadas, segmentando a los clientes.
l Ampliación de nuevos activos aptos para inversión: la constante evolución de los mercados financieros ha hecho necesario un mayor abanico de instrumentos financieros (como los derivados de crédito, IIC que invierten en IIC de Fondos más del 10%, depósitos, etcétera).
Debe destacarse desde estas líneas el esfuerzo realizado por el Gobierno en la redacción final de este texto. El reto al que se enfrenta la industria española de gestión de activos, en un entorno de enorme competencia entre los distintos Estados de la Unión Europea por hacer de sus respectivos países una plaza de referencia de la gestión de activos, es muy importante.
En este nuevo entorno, el inicio del proceso de compras de bancos en Europa por entidades extranjeras, algunas de ellas españolas, va a suponer sin duda una modificación en la distribución de IIC, por lo que la comercialización transfronteriza se va a incrementar de forma notable, lo que exigirá a las grandes Gestoras europeas la búsqueda de economía de escala, centralizando sus actividades en una única plaza europea.
Esta actividad transfronteriza se está viendo aumentada, además, por el papel muy activo que está realizando el CESR (Comité Europeo de Supervisores de Valores) en su labor por homogeneizar los criterios y dudas interpretativas de las Directivas comunitarias y por la próxima publicación por la Comisión Europea del libro verde sobre gestión de activos que podría dar lugar a una futura regulación de esta actividad mediante una Directiva.