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Unión Europea

Las empresas que emitan renta fija podrán elegir supervisor dentro de la UE

La transposición de la directiva europea de folletos, enmarcada por el Gobierno en las 100 medidas de estímulo económico, permitirá que las empresas españolas realicen emisiones de bonos fuera de las fronteras.

El Ministerio de Economía publicará hoy, con toda probabilidad, el anteproyecto de Ley sobre folletos de emisión de valores. Esta texto, incluido en el paquete de 100 medidas económicas anunciadas por el Gobierno, traspone a la normativa española la directiva europea correspondiente. Una norma que da pasaporte europeo a las emisiones tanto de renta fija como variable.

En salidas a Bolsa las compañías tendrán que registrar las operaciones en su mercado de origen. Pero las empresas que vendan deuda podrán elegir el país de la Unión Europea en el que registran y someten al supervisor la información sobre cada emisión, que será válida para cualquier país de la Unión Europea. Actualmente, si bien cualquier empresa puede irse a emitir deuda a, por ejemplo, Holanda, necesita el permiso de la CNMV para que esta emisión sea válida en España. Una barrera que desaparecerá próximamente.

Este cambio implica el riesgo de que la posibilidad de elegir supervisor deslocalice mercado de bonos hacia zonas como Luxemburgo, Holanda o Irlanda, y la CNMV ha puesto en marcha hace varios meses un grupo de trabajo en el que participa AIAF -mercado español de renta fija privada- para agilizar los trámites de emisión y rebajar las tasas que cobra por ello la CNMV. Este es otro anuncio que el Gobierno incluyó en las 100 medidas de estímulo económico.

'Las compañías están emitiendo y documentando las emisiones bajo legislación del Reino Unido. Así son los programas de Telefónica, Endesa e Iberdrola, mientras Repsol emite a través de Holanda y Abertis desde España. El resto de las empresas está a la espera', explica un banquero de inversión.

La directiva abre la puerta al uso del inglés en los folletos de emisión de valores cuando dicha emisión tenga por objeto ser aceptada en varios miembros de la Unión Europea. En estos casos se permite que se utilice 'una lengua habitual en el ámbito de las finanzas', es decir el inglés, y no se obliga a que se use la lengua de origen del emisor. Por ejemplo, si Telefónica ampliase capital a través de una oferta pública en varios países europeos tendría la posibilidad de redactar el folleto en inglés y que fuese verificado en este idioma por la CNMV. La compañía solamente tendría que redactar un folleto en castellano.

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