Ebro envió información incompleta a la CNMV sobre la condena a directivos
Lo dice la misma Ley del Mercado de Valores: Los emisores 'están obligados a difundir inmediatamente al mercado, mediante comunicación a la CNMV, toda información relevante'. Y añade que se considerará como tal 'toda aquella cuyo conocimiento pueda afectar a un inversor razonablemente para adquirir o transmitir valores o instrumentos financieros y por tanto pueda influir de forma sensible en su cotización en un mercado secundario'.
Sin embargo, algunos expertos en transparencia y buen gobierno se quejan de que Ebro Puleva no cumplió totalmente el pasado viernes con su obligación. Se refieren a la comunicación que la empresa de alimentación envió a la CNMV tras conocerse la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a 13 directivos de Azucarera Ebro por fraude contra la Hacienda comunitaria y falsedad en documentos público y mercantil entre 1996 y 1999.
A pesar de que la condena no es aún firme puesto que se recurrirá al Tribunal Supremo, el hecho relevante estaba 'cojo' ya que en ningún momento aclaraba quiénes eran los directivos condenados y, más importante, si mantienen capacidad de decisión en la empresa.
La compañía señala que no se pudo incluir en la web de la CNMV la sentencia ni informar sobre los nombres de los encausados debido a que la sentencia no había sido aún comunicada a todos los afectados. El juez envía un telegrama a los directivos pero en algunos casos se encontraban de viaje y no pudieron ser informados. 'Esto no significa falta de transparencia sino precaución', señalan fuentes de la empresa que, aseguran, enviarán la sentencia a la CNMV en el momento en que tengan constancia de que todos los afectados han recibido la correspondiente notificación.
Expertos en transparencia consideran que los inversores tienen derecho a conocer si los directivos condenados mantienen algún papel en la empresa. 'No se trata de que se conozcan sus nombres, es lo de menos, pero el inversor sí tiene derecho a conocer si aún están vinculados a la empresa o no. Y ese dato sí es relevante para la marcha de la compañía y para la decisión del accionista', señala un experto en derecho mercantil.
El regulador prepara una definición de hecho relevante
Fuentes de la CNMV reconocen que la actual definición de hecho relevante es demasiado inconcreta y muy amplia. Las empresas tienen la obligación de comunicar todo lo que afecte a la cotización. Pero los factores que pueden afectar a un valor son múltiples.Por eso la CNMV tiene la intención de proponer al Gobierno la elaboración de un Real Decreto que desarrolle el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores y transponga la directiva de transparencia. Se trata de definir los casos de una manera más clara y pormenorizar detalladamente en qué situaciones deberán enviar las empresas sus comunicaciones de hechos relevantes y la información que éstos deben contener.