La regularización aflorará al menos 2.000 millones de ingresos
Hoy empieza la cuenta atrás para el mayor proceso de afloración de economía sumergida que se ha hecho en España y que podría aflorar como mínimo 2.000 millones de euros de ingresos para el Estado en un año. Los empresarios que así lo deseen pueden, desde hoy y hasta el próximo 7 de mayo, solicitar la regularización de los inmigrantes que ya estén trabajando de manera sumergida por no tener la documentación en regla para estar en el país.
El Gobierno ha calculado que en estos tres meses que durará el proceso de 'normalización' de inmigrantes podrían afiliarse a la Seguridad Social hasta 800.000 trabajadores inmigrantes que ya están actualmente trabajando de forma clandestina.
El impacto de esta incorporación de trabajadores a la economía será de una gran magnitud. Pese a ello, el Gobierno no ha hecho el cálculo de cuánto supondrá en ingresos para el Estado esta afloración de lo que hasta ahora es economía sumergida, porque los inmigrantes deben de llevar al menos seis meses residiendo y, en buena lógica, trabajando en España.
Fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que no harán este cálculo 'hasta no saber por qué bases cotizarán los inmigrantes que se acojan al proceso'.
Si bien es posible calcular al menos la cantidad mínima aproximada que reportará a las arcas públicas la regularización, si se cumple la previsión del Gobierno de que se acojan 800.000 personas. De ser así, estos trabajadores deberán cotizar a la Seguridad Social por la base mínima, que este año es de 513 euros al mes. Los tipos generales de cotización que se aplican a esta base son del 37%, incluyendo contingencias comunes, desempleo y formación.
De ahí que como mínimo los inmigrantes deberán cotizar alrededor de 190 euros al mes, lo que supone unos 2.280 euros al año, que multiplicados por los 800.000 que espera el Gobierno, suponen unos ingresos para la Seguridad Social de 1.824 millones de euros. Se toma como referencia la base más baja de cotización, porque además de ser la mínima exigida, hay un gran número de inmigrantes que ya cotizan por dicha base.
El último estudio que así lo apunta data de 2002, está hecho por la propia Seguridad Social e indica que las bases de cotización de los nuevos cotizantes son un 37% más bajas que la media de los que ya están en el sistema precisamente por la presencia masiva de inmigrantes con bajos salarios.
A esto se le deben sumar las retenciones del IRPF que aplicándoles el mínimo serán del 2%, lo que para una base mínima de cotización supondrá 10 euros al mes que, de cumplirse la cantidad de inmigrantes prevista por el Gobierno representarán 96 millones de euros en un año.
Todo ello acerca los ingresos públicos que aflorarán a los 2.000 millones de euros en un año. A esta cantidad se deberá también añadir los impuestos indirectos que pagarán estos nuevos cotizantes a través del consumo.
En cualquier caso, esta cantidad mínima, que variará en función del número de beneficiarios y de sus bases de cotización- es inferior a lo que están enviado sus países de origen el millón de inmigrantes que ya cotizan al sistema. Según estimaciones del Banco de España las remesas enviadas por los inmigrantes en 2004 superarán los 3.000 millones de euros. Hasta septiembre dichas remesas sumaban 2.463 millones, un 18% más en un año.
Procedimiento Dónde y con qué papeles se sigue el proceso
Dónde debe ir el empresario. El Ministerio de Trabajo ha habilitado 160 oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto , en horario de tarde (de 16:00 a 19:00 horas), donde se recogerán solicitudes de los empresarios. Todas las provincias contarán al menos con una de estas oficinas, cuya ubicación podrá encontrarse en la página web del Ministerio de Trabajo (www.mtas.es) o en el teléfono de información: 902 40 10 15, que estará operativo desde mañana, de 9:00 a 21:00 horas. Habrá también 742 puntos de información en toda España, que se podrán consultar en la web citada.Documentación a presentar. El empleador, que es quien debe acudir a tramitar la solicitud (salvo en los casos de empleados domésticos que trabajen en más de un hogar), debe aportar el pasaporte de quienes quiera regularizar; el contrato de trabajo; el certificado de penales del país de origen del trabajador; el certificado de empadronamiento del inmigrante y la acreditación del empleador que certifique que la empresa está al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.El procedimiento. Una vez entregada la solicitud, la Administración la evaluará. Si no se cumplen los requisitos se deniega la solicitud. Si se cumplen, se produce la 'autorización condicionada' a que el empleador solicite el alta a la Seguridad Social, que sólo en ese momento se autorizará. El alta deberá solicitarse en un mes para que sea válida. Una vez dado de alta en la Seguridad Social, la autorización entra en vigor por un año. Finalmente, el trabajador solicita la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la autorización.