_
_
_
_
_
CincoSentidos

Hablar mal de la empresa no es causa de despido

El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo al trabajador de una empresa por la vulneración del derecho a la libertad sindical, en relación con los derechos de libre información y expresión. El empleado fue despedido en septiembre de 1999, un año en el que existió una notable conflictividad laboral en su empresa, lo que dio lugar a una huelga y a la interposición de una demanda de conflicto colectivo.

En julio de ese año la empresa publicó anuncios de ofertas de empleo en un periódico. El empleado y otros miembros del sindicato al que pertenecía, Sicoht-CC OO respondieron con otro anuncio en el mismo medio asegurando que no pagaba las horas extras, que no respetaba la libertad sindical y el derecho de huelga o que no respetaba los dos días libres.

La sentencia cree que los hechos se desarrollaron en el marco de la conflictividad existente en la empresa y eran inherentes a su condición sindical. En cuanto al anuncio insertado en la prensa la Sala entiende que deben valorarse desde el ámbito de la libertad de expresión.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_