La CNMV validó un folleto de Telefónica sin apoyo del servicio legal
El vicepresidente de la CNMV, Juan Jesús Roldán, eludió en julio pasado los dictámenes contrarios de la Unidad de Mercados y de los servicios jurídicos del organismo regulador a la hora de verificar el último folleto continuado de Telefónica.
En un primer momento, según fuentes allegadas a la CNMV, Roldán intentó que la Dirección de Mercados y los servicios jurídicos de la Comisión rectificaran su postura, cosa que no consiguió. Finalmente, estampó su firma para que el folleto continuado se pudiera verificar, haciendo constar que discrepaba del dictamen y de los criterios expuestos por ambas unidades internas del organismo regulador.
Roldán dio este paso el pasado 30 de julio en uso de las facultades que tiene delegadas del Consejo de la CNMV. Procedió a verificar el folleto continuado y dio así por cerrado el expediente, haciendo caso omiso de las objeciones puestas de manifiesto por la Dirección de Mercados Primarios y por los servicios jurídicos. No esperó, pues, a someter el expediente al Consejo de la Comisión tras las vacaciones de verano, pese a la disconformidad de la asesoría jurídica.
Un portavoz oficial de la Comisión señaló ayer a este periódico: 'Si el folleto está verificado es prueba evidente de que cumple con la normativa vigente. Aquí no hay debates internos y si un folleto se aprueba es que está conforme a la legislación. De los asuntos de supervisión interna no podemos facilitar información porque no son públicos'.
Roldán, cuyo mandato como vicepresidente de la CNMV vence el próximo 6 de octubre, llegó al cargo el 6 de octubre de 2000 como sustituto del polémico ex dirigente del PP Luis Ramallo. Antes de esa fecha y en su calidad de consejero de la CNMV, coincidió en el citado organismo regulador con Antonio Alonso Ureba, hoy secretario del Consejo de Telefónica y responsable de los servicios jurídicos de la CNMV antes de pasar al sector privado. En este cometido, a Alonso Ureba le salpicó de lleno el caso Gescartera, lo que le llevó a tener que comparecer en la comisión de investigación abierta en el Congreso de los Diputados.
Las discrepancias surgidas dentro de la CNMV al hilo del último folleto continuado presentado por Telefónica coinciden también con el próximo relevo del presidente del organismo regulador, Blas Calzada, previsto para el 6 de octubre. El PP, responsable en su día de los nombramientos de Calzada y de Roldán, presentó el pasado lunes en el Congreso una proposición no de ley en la que insta al Gobierno a pactar estos relevos. Exige alcanzar para ello un consenso mínimo de las tres quintas partes de la Cámara Baja para el nombramiento del presidente. En su opinión, la 'credibilidad de la institución' podría verse debilitada si estos nombramientos no llegan precedidos del oportuno acuerdo político.
Las objeciones puestas por los servicios jurídicos de la CNMV al último folleto continuado de Telefónica se centran en la forma en la que la compañía refleja la indemnización que percibió su ex consejero delegado Fernando Abril Martorell. Las cantidades que ingresó se engloban en el capítulo de 'gastos de personal' y, en opinión de los servicios jurídicos, deberían figurar en el apartado destinado a los consejeros y no en el de los miembros de alta dirección de la compañía.
Indemnizaciones
De haber aplicado el primer procedimiento, Telefónica tendría que haber informado a la Comisión de la indemnización recibida por Abril de forma precisa e individualizada, un requisito al que no obliga la actual legislación para el caso de los directivos. La compañía informó en el citado folleto de que las indemnizaciones pagadas a los dos altos directivos que se desvincularon de ella en 2003- uno de ellos fue Fernando Abril - ascendieron a 8.095.632 euros.
'El folleto ha sido verificado y hemos atendido todos los requerimientos de la CNMV. No ha habido ningún tipo de oscurantismo', señaló ayer un portavoz autorizado de Telefónica.
Discrepancias sobre el desglose de la indemnización a Fernando Abril
La Ley de Transparencia como telón de fondo
Las discrepancias surgidas en la CNMV, resueltas de golpe el pasado 30 de julio por su vicepresidente con la verificación del folleto presentado por Telefónica, afectan de lleno a la ley de Transparencia, que modificó la ley del Mercado de Valores de 1988 y el texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas de 1989, con la finalidad de reforzar la transparencia de las sociedades anónimas cotizadas.Dicha norma introdujo para estas sociedades la obligación de informar con carácter anual de la composición, la organización y el funcionamiento del consejo y sus comisiones, además de la identidad y remuneración de sus miembros, funciones y cargos dentro de la sociedad. La ley encomienda a la CNMV el seguimiento de las reglas del gobierno corporativo, tarea para la que podrá recabar cuanta información precise. La Comisión también podrá hacer pública la información que considere relevante sobre su grado efectivo de cumplimiento.La Ley de Transparencia concibe la falta de elaboración o de publicación del informe anual de gobierno corporativo o la existencia de omisiones o datos falsos o engañosos en dicho informe como una infracción grave.El argumentario legal en el que se han apoyado la Dirección de Mercados Primarios y la asesoría jurídica de la CNMV para objetar el folleto continuado de la citada compañía toma también como referencia la orden ministerial de 12 de julio de 1993 sobre folletos informativos, en la que se exige el desglose diferenciado entre administradores, gestores y fundadores de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados.