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Bernardo Cremades

'Aún falta una cultura de arbitraje en España'

Doctor en derecho alemán por la Universidad de Colonia y en derecho español por la de Sevilla y abogado de los colegios de Madrid, París y Bruselas, preside desde su fundación la Corte Española de Arbitraje.

Es una de las grandes autoridades en el mundo del arbitraje español e internacional. Ha intervenido en multitud de procedimientos arbitrales. En estos momentos analiza asuntos relacionados con el aeropuerto de Manila, la principal empresa de Pakistán o una conducción de aguas de Jordania. Bernardo Cremades es un convencido de las múltiples ventajas del arbitraje, sin embargo, no comparte el entusiasmo que se ha generado en torno a la nueva ley.

Pregunta. ¿Qué ventajas puede aportar la nueva Ley de Arbitraje?

Respuesta. Es continuidad de la anterior de 1988. En su estructura y funcionamiento, obedece a los criterios de la ley anterior, por tanto, no se pueden esperar cambios vertiginosos. Lo que sí hay que tener en cuenta es la labor de las Cámaras de Comercio, que crearon en 1987 un servicio de arbitraje y en 1982 la Corte Española de Arbitraje. Las Cámaras entienden que la solución de los litigios entre comerciantes es parte esencial de lo que debe ser su función. Además, las Cámaras promovieron la reforma legislativa en España. Primero con la ley de 1988 y después con esta nueva ley.

'La gente está acostumbrada a solucionar los litigios en los tribunales'

Pero no hay que exagerar cuando se habla de la nueva ley como el comienzo de una nueva época, porque el inicio real del arbitraje fue en 1988.

P. ¿Era entonces necesaria una nueva ley?

R. Hombre, la nueva ley mejora algunos puntos de procedimiento, de claridad, es menos formalista que la anterior. Pero los grandes rasgos estaban en la ley de 1988, y sobre todo, en la reforma de le Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000, que adopta dos medidas muy importantes: permite medidas cautelares en torno al arbitraje y aclara los conflictos que pueden existir entre los procedimientos judiciales y los arbitrales.

P. ¿Se debe fomentar aún más el uso del arbitraje?

R. Hay dos tipos de arbitraje muy distintos. El doméstico y el internacional. El segundo funciona en España desde hace muchos años a plena satisfacción y hay árbitros españoles que intervienen en procedimientos arbitrales internacionales desde hace tiempo.

Otra cosa es el doméstico, que no ha tenido la misma fortuna, porque hay ciertos recelos y no hay cultura de arbitraje en España. La gente está acostumbrada a que la solución de los litigios sea ante el juez y no acuden a un tercero para que medie, arbitre o concilie. Hay que cambiar la mentalidad de los empresarios, de los asesores jurídicos y de los abogados.

P. ¿Y eso no está cambiando ahora?

R. Bueno, esa es una de las grandes cosas en torno a la nueva ley, porque el Ministerio de Justicia y el Consejo del Poder Judicial se han tomado muy en serio la idea de que hay que hablar del arbitraje y de sus ventajas. Y se está montando un gran marketing que yo creo que es muy importante para fomentar la cultura del arbitraje.

P. ¿Servirá para descargar los tribunales?

R. Sin duda. Hoy uno de los temas más importantes para el futuro del arbitraje doméstico es el arbitraje en las sociedades. Se está llegando al convencimiento de que todas las disputas que hay en torno a temas de sociedades vayan a arbitraje. Y eso se traduce en cláusulas en los estatutos de las sociedades que se depositan en el Registro Mercantil para que todos los conflictos corporativos e intrasocietarios que hayan van al arbitraje y no a los juzgados. Esto tiene gran importancia y se da uno cuenta de lo que supone de descargar a los tribunales.

P. ¿Y los consumidores son conscientes de las ventajas del arbitraje?

R. Sí, también está tomando cuerpo el arbitraje de consumo. Cada vez más sociedades se están adhiriendo a este sistema para que los problemas que puedan tener con sus consumidores se resuelvan en una junta arbitral. Esto supone una gran descarga de asuntos pequeños en los juzgados y un alivio para los consumidores, porque cuando un señor compra una chaqueta o unos zapatos o se monta en un autobús o contrata un servicio, a lo mejor no le conviene ir a un juzgado y sin embargo sí acude a un sistema arbitral y hace que el consumidor esté protegido. Es una vía rápida y no costosa de solucionar estos problemas que son muy importantes.

P. Si todo el mundo es consciente de los beneficios del arbitraje, ¿por qué aún se utiliza poco?

R. Uno de los grandes problemas de la nueva ley es que muchas veces se presenta como algo para grandes contratos. Los periodistas tenéis la habilidad de identificar instituciones con situaciones y a lo mejor para vosotros el arbitraje son tres o cuatro temas que a lo mejor se han resuelto con publicidad, pero son muy importantes también los asuntos que están más cerca del ciudadano.

P. Pero el arbitraje es más caro que un proceso judicial y tal vez es más fácil que acudan las grandes empresas a este sistema, ¿no?

R. No es más caro que un procedimiento judicial que puede estar varios años en los tribunales con abogados y procuradores, mientras que un tema de arbitraje en seis meses se resuelve. A veces es mejor quitarse el coste administrativo de arrastrar asuntos durante tiempo aunque sea pagando, pero rápido.

Tribunales: 'Falta unidad de criterio'

Uno de los objetivos de la nueva ley es convertir a España en centro internacional de arbitraje, ¿esto se está notando?En 2003 las partes aceptaron en ocho casos que el arbitraje se celebrara en España, y en ningún caso fue fijada España como sede por la Corte Internacional de Arbitraje (CCI). La CCI no está mandando arbitrajes a España.¿Por qué se reciben tan pocos arbitrajes?Porque España tenía mala imagen desde el punto de vista del arbitraje y aún necesita un camino muy largo. Queremos ver la nueva ley como la gran solución para traer el arbitraje a España, cuando el problema más fuerte es el funcionamiento de los jueces y tribunales en España de forma paralela a los árbitros. De nada sirve traer a España un arbitraje si después a base de recursos o medidas cautelares o procedimientos judiciales los arbitrajes se paralizan o eternizan y eso es problema de la ley de 2003, que no aborda de forma definitiva este tema.¿Cómo se puede solucionar este problema?Hay que encontrar la coordinación entre los procedimientos de arbitraje y los judiciales. El problema más grave que ha habido en la tramitación vertiginosa de esta ley es que hay que unificar la jurisprudencia que se dicte en temas arbitrales y eso hoy no pasa. No hay criterio de unificación. Hay temas de arbitraje que van a la jurisdicción civil y otros a la mercantil. No hay un criterio de unificación. Y si hay jurisprudencia contradictoria aquí no se entiende nadie. Muchas veces se tiran las campanas al aire diciendo que la nueva ley arregla la atracción de arbitrajes a España y queda el largo camino de unificar jurisprudencia. Hay mejor ambiente porque la ley ha sido una gran operación de marketing y todo el mundo trata de fomentar el arbitraje.

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