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Normativa

El Consorcio de Seguros amplía la cobertura a las empresas en caso de ataque terrorista

El Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a partir de ahora a las empresas que sufran una caída en sus beneficios como consecuencia de atentados terroristas u otros acontecimientos extraordinarios, como una inundación o un terremoto. De forma extraordinaria, se hizo cargo del beneficio cesante que supuso para las empresas el 11-M: con esta nueva normativa, la cobertura se convierte ahora en definitiva.

El organismo público, que se financia con las pólizas de todos los asegurados, recaudará para ello una nueva tarifa que oscilará entre el 0,095 y el 0,25 por mil del capital asegurado, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con esta prestación, las empresas serán recompensadas, por ejemplo, en caso de que no puedan seguir funcionando normalmente tras un atentado o una inundación, o si disminuye sustancialmente su número de clientes y de beneficios por miedo a que se repita.

La Resolución de la Dirección General de Seguros, que entra en vigor mañana, incluye algunos cambios en las coberturas existentes sobre riesgos extraordinarios, aunque éstos no afectarán a las tarifas actuales. No obstante, en lo venidero, las compañías deberán entregar más información al Consorcio, para que éste elabore estadísticas de siniestralidad. Entre otros aspectos, las aseguradoras deberán facilitar datos sobre pólizas con capital asegurado superior a 18 millones y acerca de los seguros que cubran pérdidas de beneficios por un capital superior a 9 millones.

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