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CincoSentidos

Mejor un buen árbitro que un pleito

Nos vemos en los juzgados! æpermil;sta es la manera con la que la mayoría de los empresarios y profesionales acaban todavía dirimiendo sus conflictos y disputas civiles y mercantiles. Pero ir a verse las caras ante un juez no es siempre la mejor opción para resolver un litigio de la manera más rápida y barata posible.

De hecho, y dada la saturación de la administración de justicia, el refrán 'mas vale un mal arreglo que un buen pleito' se hace más realidad que nunca. Por eso, los principales bufetes de abogados recomiendan cada vez más a las compañías que incluyan cláusulas DE sometimiento a arbitraje para solucionar sus disputas, especialmente cuando realicen operaciones o inversiones en el extranjero.

Antonio Hierro, de Cuatrecasas, asegura que se trata de un sistema 'mucho más rápido, confidencial y que elimina agresividad, por lo que lo recomendamos vivamente'. Hierro se muestra optimista respecto a la confianza que generará este sistema entre los empresarios tras la reciente entrada en vigor de la nueva Ley de Arbitraje. En el último año, su despacho ha multiplicado por siete su participación en casos de arbitraje internacional y por tres los casos de arbitraje nacional, lo que da idea de su uso creciente.

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En Estados Unidos, en torno a la mitad de los litigios se resuelve por vía arbitral. España está todavía a la cola de Europa y la resolución de los litigios en las empresas mediante jueces árbitros apenas supera el 10% en controversias nacionales, un porcentaje que se eleva al 30% cuando los litigios son de tipo internacional, según datos de las Cámaras de Comercio.

El problema es que hasta la fecha el arbitraje ha sido una fórmula de resolución extrajudicial de conflictos reservada casi en exclusiva a las grandes compañías, que acuden a cortes internacionales para dirimir sus controversias sin reparar en gastos y con una amplia cohorte de abogados expertos en arbitraje detrás.

El Santander Central Hispano, por ejemplo, protagoniza uno de los casos recientes más sonados de arbitraje internacional en su litigio con la petrolera Total. Otras grandes compañías españolas como Endesa, Gas Natural o Telefónica han acudido también a procesos de arbitraje internacional para tratar de resolver los conflictos derivados de la ruptura de los contratos de privatización en Argentina. Pero no parece haber sido un modelo de justicia asequible a cualquier tipo de empresa.

Lluís Muñoz Sabaté, presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB) asegura que 'no existe una cultura arbitral sedimentada en España y no todas las empresas cuentan con abogados versados en estos procesos'. Además, recuerda que hasta la entrada en vigor de la Ley de Arbitraje 'era muy difícil realizar un arbitraje internacional en España'.

Así, en los últimos cuatro años, sólo un 18% de las pymes ha recurrido alguna vez a esta vía en casos internacionales y sólo un 17% en nacionales, según una encuesta de las Cámaras. El arbitraje es, de hecho, un 'perfecto desconocido' para el 40% de las empresas.

La sensación de los expertos, no obstante, es que las cosas están cambiando, y gracias a la nueva Ley de Arbitraje, que da a los árbitros la posibilidad de adoptar medidas cautelares sin necesidad de que intervenga un juez ordinario y dota a los laudos de mayor fuerza ejecutiva, el concepto de cultura arbitral empezará a arraigar.

Entre tanto, surgen nuevos modelos de cortes arbitrales, como el de la Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación (ACAM), una entidad especializada cuyo objetivo es que 'el arbitraje no sea privativo de grandes empresas ni exija grandes desembolsos económicos. La idea es que el sistema sea accesible a todo el tejido empresarial, pymes, autónomos, etc.', según explica su director ejecutivo, Ignacio Górgolas.

'Estamos convencidos de que con el apoyo de los poderes públicos el arbitraje tendrá un crecimiento exponencial notable y de que el arbitraje sectorial, ideado para un colectivo empresarial determinado, será el modelo a seguir', señala el presidente de ACAM, Miguel Ángel Gimeno.

Los árbitros en España

Corte Española de ArbitrajeCreada en 1982, depende del Consejo Superior de Cámaras de Comercio. Resuelve conflictos mercantiles tanto nacionales como internacionales. Tras la entrada en vigor de la Ley de Arbitraje esta corte confía en que España gane peso como centro de arbitraje internacional y atraerse casos de empresas españolas con intereses latinoamericanos, que hasta ahora se dirigen mayoritariamente a la Corte Internacional de París. La idea es convertirse en una Corte Euroamericana de Arbitrajes.Corte de Arbitraje de MadridFue creada en 1989 y depende de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid. Resuelve fundamentalmente litigios domésticos de empresas madrileñas, pero está abierta también a recibir conflictos internacionales. En Madrid existen otras cortes arbitrales, como la del Colegio de Abogados.Tribunal Arbitral de barcelona (tab)Al contrario que en Madrid, en Barcelona este órgano aúna institucionalmente la administración de todos los arbitrajes en materia civil y mercantil. Así, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona, el Colegio de Abogados y el Colegio de Notarios crearon en 1989 la asociación catalana para el arbitraje, de la que depende el tribunal.ACAMEs una asociación empresarial multisectorial sin ánimo de lucro nacida con el fin de facilitar el arbitraje a las pequeñas y medianas empresas. Hay otras asociaciones sectoriales, como la de franquicias.

Ventajas de este sistema

Además de gozar de las mismas garantías que los tribunales de justicia, al ser vinculantes las decisiones de los árbitros y tener la misma eficacia que una sentencia judicial, el arbitraje tiene otras ventajas:Más rápidoLos trámites para la resolución de conflictos tienen una duración previamente establecida. No puede ser superior a seis meses.ConfidencialidadEl laudo, así como el procedimiento arbitral, no son públicos, con lo que se garantiza la privacidad.EspecializaciónLas personas que deciden sobre el caso son auténticos especialistas en la materia. Se nombra a los árbitros en función de su formación específica, lo que facilita una decisión mejor fundada.

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