El parón legal impide que las Sicav salgan de la Bolsa
La patronal de los fondos (Inverco) y la CNMV han elaborado un documento en el que detallan las actividades que pueden realizarse con la nueva Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (ICC) y las que quedan pendientes de la promulgación de nuevo reglamento. Lo más llamativo es la imposibilidad de exclusión de cotización de las Sicav.
Mariano Rabadán, presidente de Inverco (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones), ha enviado una carta a todos sus asociados informándoles de los acuerdos suscritos en una reunión entre miembros de la comisión permanente y la dirección general del servicio jurídico de la CNMV sobre la aplicación de la nueva Ley de Instituciones de Inversión Colectiva hasta que se apruebe y explique el reglamento que la desarrolla.
El cambio de Gobierno ha paralizado la tramitación de dicho reglamento que debería encontrarse en un periodo de consulta pública. Los gestores prevén que no se apruebe hasta el próximo verano.
La nueva ley permite la exclusión de cotización de las Sicav, antiguas Simcav o popularmente conocidas como cofres patrimoniales. Algunas gestoras habían solicitado la salida de Bolsa de varias Sicav a cambio de pagar un canon propuesto por las autoridades bursátiles. Estas entidades habían requerido la intervención de Inverco en la negociación con Bolsa de Madrid para reducir este coste.
En el documento enviado por Rabadán a sus asociados señala claramente que mientras no haya reglamento 'las Sicav tanto de nueva creación, como las actualmente existentes, tienen que seguir cotizando, lo que también incluye la constitución del comité de auditoría'.
El escrito añade que 'mediante orden ministerial las sociedades que adopten durante 2004 el acuerdo de solicitud de exclusión de cotización estarán exentas de la obligación de presentar el informe anual de Gobierno corporativo, así como de la disponer de la página web'.
Otra materia que no entra en vigor hasta que no se promulgue el nuevo reglamento es la comercialización de fondos de otras gestoras y la gestión de carteras o patrimonios (como pensiones). También se tendrá que esperar al nuevo reglamento para poder llevar a cabo la fusión entre fondos y sociedades de inversión.
Respecto a la delegación de la gestión total de los activos de las Instituciones de Inversión Colectiva, por parte de las gestoras, no podrá realizarse hasta disponer de texto reglamentario. 'No obstante es de aplicación lo previsto en la ley que permite la delegación de la gestión sobre activos extranjeros', según recoge el documento.
Hace una semana que Inverco está repartiendo el documento sobre actuaciones seguir entre las gestoras asociadas. A partir de ahora habrá que tener en cuenta su opinión porque hasta la fecha desconocían dónde estaban los límites.
Consecuencias. Los fondos alternativos tendrán que esperar
'Hedge funds'. Estos activos y otros fondos no financieros tendrán que esperar al futuro desarrollo reglamentario.Compartimentos. La constitución de compartimentos y diferentes clases de participaciones o series de acciones no se pueden instrumentar.Reembolso en valores. En cuanto a las suscripciones y reembolsos de fondos de inversión mediante la entrega de bienes, valores o derechos aptos para la inversión sólo podrán hacerse los reembolsos según el reglamento vigente.Derecho de voto. Las gestoras, en relación a sus fondos, deberán definir cuándo y cómo se ejercitarán los derechos políticos inherentes a los valores integrados en las carteras de las IIC para poder comunicárselos a los accionistas y partícipes que soliciten esta información. Si un partícipe se lo solicita tendrá que hacerlo.