Hacienda enviará el borrador de la declaración de la Renta mediante un 'SMS'
Los contribuyentes que así lo soliciten podrán recibir y dar conformidad al borrador de su declaración del IRPF a través del móvil. Hacienda presenta este sistema como novedad para la Renta de este año, que prevé realizar con este método seis millones de declaraciones, ya sea vía SMS o por el tradicional correo ordinario.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha anunciado hoy en Barcelona que este año los contribuyentes que así lo deseen podrán presentar su declaración del IRPF dando su conformidad a un borrador previo que les remitirá la Agencia Tributaria mediante un mensaje por teléfono móvil.
Durante la presentación de los nuevos servicios que pondrá en marcha Hacienda para la próxima campaña de la Renta, Montoro anunciaba que los borradores "se enviarán a 6 millones de contribuyentes, que verán así claramente facilitada la presentación de su declaración, en una ampliación de los sistemas telemáticos", de modo que se podrá confirmar si están de acuerdo con la Agencia Tributaria, "incluso a través de un mensaje de teléfono móvil", ha explicado el ministro.
Según ha explicado el ministro, "cerca de dos millones de contribuyentes ya han solicitado el borrador al haberlo marcado así en la casilla correspondiente de la declaración de IRPF del pasado año". Cristóbal Montoro ha elogiado la apuesta de la Agencia Tributaria por las nuevas tecnologías y ha resaltado que "en el año 2003 ya ahorró a los ciudadanos 78 millones de desplazamientos". El ministro ha explicado que en 2003 la página web de la Agencia Tributaria tuvo 78,4 millones de visitas, casi el 50% más que en el año anterior, y se llegaron a presentar por Internet más de 1,7 millones de declaraciones de renta.
Hacienda enviará una declaración provisional del IRPF a los contribuyentes que lo soliciten a partir del 1 de marzo, siempre que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo; rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro; imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles; y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
Cuando el contribuyente considere que el borrador de declaración refleja su situación tributaria a efectos de este impuesto, podrá suscribirlo o confirmarlo, en las condiciones que establezca el Ministro de Hacienda. En este supuesto, tendrá la consideración de declaración a los efectos previstos en la Ley del IRPF.