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Impuestos

Hacienda introduce más incentivos a la oferta de vivienda en alquiler

El Gobierno ha aprovechado el trámite de enmiendas a la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos para introducir nuevos incentivos a la oferta de viviendas en alquiler y dar respuesta también a las exigencias de numerosos empresarios del sector de la construcción.

Hasta ahora, los promotores de viviendas de alquiler podían beneficiarse de las bonificaciones en el impuesto de sociedades sólo por aquellos inmuebles que construyen directamente para el arrendamiento. Con la enmienda presentada ayer por el PP en el Senado, estos beneficios fiscales se amplían también a la compra de viviendas a terceros a precios de mercado y con una antigüedad inferior a tres años, según explicó el senador popular Juan Pablo Sánchez.

La iniciativa permitirá que los empresarios del sector de la construcción que arrienden u ofrezcan en arrendamiento viviendas que hayan construido, promovido o adquirido puedan aplicarse en la cuota íntegra del citado impuesto una bonificación del 85% de la parte de la cuota íntegra que corresponda a las rentas derivadas del alquiler o de la transmisión de viviendas que cumplan determinados requisitos.

Requisitos legales

Entre estos últimos figura que el número de viviendas arrendadas u ofrecidas en alquiler por la promotora sea en todo momento igual o superior a diez. También se requerirá que el contrato de arrendamiento no incorpore opción de compra.

Otro requisito para que los promotores puedan acogerse a las citadas bonificaciones es que las viviendas permanezcan alquiladas u ofrecidas en alquiler durante, al menos, quince años, plazo que contará desde la fecha en que fueron arrendadas u ofrecidas en alquiler por primera vez por la promotora. Según la enmienda presentada por el Grupo Popular, en el caso de las viviendas que figuren en el patrimonio de la empresa antes del momento de acogerse a este régimen fiscal, el plazo se computará desde la fecha del inicio del periodo impositivo en el que se comunique el acogimiento a dicho régimen fiscal.

En el caso de transmisión de las viviendas, se exigirá que éstas no sean compradas por el arrendatario, su cónyuge o parientes, incluidos los afines, hasta el tercer grado inclusive. También se establece como requisito que el importe obtenido se reinvierta, en el plazo de tres años desde la transmisión, en otras viviendas que cumplan los requisitos establecidos en la enmienda presentada ayer.

'Prestige' y Yakolev eximen del tributo

El Partido Popular ha incorporado a la Ley de Acompañamiento una disposición adicional en la que se establece la exención en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de las indemnizaciones entregadas en Galicia a los afectados por la tragedia del buque Prestige, así como de las indemnizaciones concedidas a las familias de los soldados que perdieron la vida en el accidente del Yakolev-42 cuando participaban en misiones de paz.Precisamente, la semana que viene el Congreso de los Diputados votará una iniciativa defendida por el PSOE en la que se exige la reprobación del ministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos, por no haber asumido responsabilidades en los 'gravísimos' accidentes del Prestige y el tren Talgo, y del titular de Defensa, Federico Trillo, en su caso por la 'falta de competencia' demostrada con ocasión del accidente sufrido por el avión Yakolev-42.

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