Nuevos vehículos para invertir
La Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, que entrará en vigor en febrero, abre la puerta a sociedades y fondos específicos para inversiones institucionales y grandes fortunas. Es una decisión razonable del legislador que llevará a la necesaria simplificación de la normativa y debe acabar con una situación anómala. Hasta ahora, poseedores de grandes fortunas emplean las Simcav (sociedades de inversión mobiliaria de capital variable) como un fondo, pero para ello necesitan, además de su nombre, el de 99 socios para llegar a los 100 de mínimo legal. Es obvio que, para completar ese listado, lo que hace el titular es simplemente buscar hombres de paja, meros testaferros, lo que desvirtúa el espíritu de la ley. La nueva Ley de Fondos añade cambios llenos de lógica que eximen de la obligatoriedad de esos 100 partícipes.
Cada vez que suenan tambores de cambio en el marco legal de la inversión colectiva, el sector se pone en guardia ante posibles cambios en la fiscalidad de las Simcav -el 1% en el impuesto de sociedades, frente al 35% del resto de empresas-. Todo indica que este aspecto no se va a tocar en el desarrollo de la nueva ley. Si así es, y pese a quien pese, se estará en el camino adecuado. Primero, porque se evitará la perniciosa doble fiscalidad -en este caso en el IRPF y en la sociedad de inversión-, que va contra los principios fiscales más elementales. Y segundo, porque una presión tributaria de este cariz empujaría importantes cantidades de fondos hacia centros de inversión en el extranjero.
Las nuevas sociedades y fondos para inversores institucionales o grandes fortunas que plantea la ley abren además las puertas a políticas de inversión más flexibles, en línea de lo que ocurre en otros países del entorno europeo. De cómo se reglamente dependerá el acierto, pero, por ahora, la dirección es la correcta.