Un juez falla contra los contratos de cuatro entidades
El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid emitió una sentencia por la que declara 'abusivas' y determina la 'nulidad radical' de 10 de las 17 cláusulas de contratos de entidades financieras denunciadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en enero pasado.
Así lo hizo saber ayer la OCU a través de un comunicado y de la difusión del fallo judicial, que no es firme aún, ya que las entidades afectadas ya han anunciado su voluntad de recurrirlas. Se trata de BBVA, Bankinter, SCH y Caja Madrid.
De acuerdo con la sentencia, esas cuatro entidades no podrán impedir conocer al consumidor qué comisiones le van a cobrar ni podrán obligar al usuario a acudir a tribunales distintos a los que corresponderían en función de su domicilio. Asimismo, tampoco podrán obligar al cliente a hacerse cargo de todos los gastos que suponga un proceso judicial ni a trasladar la responsabilidad al consumidor en el caso de que alguien falsifique un cheque y lo cobre.
El fallo establece, además, que las entidades no pueden eludir la responsabilidad por el mal funcionamiento de un cajero automático si éste no da el dinero solicitado, aunque el recibo indique si se ha realizado la operación. Tampoco podrá reservarse la posibilidad de rescindir un contrato de préstamo hipotecario por cualquier causa o privar al cliente prestatario de las oportunidades que la ley le otorga para que, en caso de un incumplimiento por impago estando vencida la cuota de un préstamos, se le ejecute su vencimiento anticipado.
Estas decisiones de primera instancia judicial, junto con otras, fueron consideradas como parte de 'una sentencia histórica' por el director general de la OCU, José María Múgica, quien anunció que la organización recurrirá también las otras siete cláusulas para que sean consideradas abusivas.