Una lotera deberá pagar el premio de un boleto que extravió
El Tribunal Supremo ha condenado a la dueña de un establecimiento de lotería a pagar a un cliente el premio que habría ganado si el billete de la lotería primitiva que rellenó en dicho establecimiento no se hubiese perdido. Asimismo, la lotera deberá pagar el interés legal del dinero desde la fecha en que debió cobrar el premio.
Los hechos se remontan a 1990 cuando un acertante de la lotería primitiva vio cómo su premio de seis aciertos se esfumaba porque el billete había sido anulado tras la denuncia de la lotera por haber desaparecido el resguardo. Tras varios intentos de la lotera por probar que el ganador había robado el boleto y lo había manipulado, el Supremo ha entendido que 'el boleto que conserva el apostante justifica el contrato y de resultar premiado su pronóstico lo convierte en instrumento de crédito suficiente para reclamar la deuda'. Para el Tribunal, el extravío del boleto y su anulación implican desatención y descuido.