Hacienda aumenta el control de las pymes con la nueva declaración censal
El tipo de local y superficie en el que se realiza una actividad económica, el régimen de IVA por el que tributa un negocio o el sistema elegido para calcular el IRPF del empresario son sólo algunos de los muchos datos que deberán facilitarse a Hacienda en la nueva declaración censal que ayer se publicó en el BOE. La información que se exigirá persigue suplir el vacío dejado por la desaparición parcial del IAE y aumentar el control sobre los contribuyentes.
Desde enero de este año, los empresarios que son personas físicas y las sociedades que facturan menos de un millón de euros no pagan el impuesto sobre actividades económicas (IAE). Esta exención supone una pérdida de información para Hacienda porque el IAE proporcionaba una detallada descripción de los más de dos millones de empresas que se han librado de su pago. Ya en abril, el ministerio que dirige Cristóbal Montoro anunció cambios en la ley para que la supresión del IAE no supusiera una pérdida del valor censal que proporcionaba. Esta norma ya está en la calle.
Con la publicación ayer en el BOE del nuevo modelo de declaración censal (036) y el decreto de censos tributarios publicado a principios de septiembre, Hacienda se dota de los instrumentos necesarios para tener registrados todos los negocios en activo.
Obligados a declarar. La nueva declaración censal sirve para comunicar el alta o la baja en una actividad económica y las modificaciones que se produzcan durante su ejercicio. Deben presentarla los profesionales y los empresarios que sean personas físicas, también quienes tengan que pagar rentas sometidas a retención, los particulares que realicen adquisiciones de bienes entre países de la UE, los no residentes, pero con un establecimiento permanente en España y los socios, herederos o miembros de comunidades de bienes con actividades empresariales o profesionales.
Nueva empresa. Como novedad, el nuevo modelo 036 se podrá presentar por Internet. En el caso de que la empresa que vaya a darse de alta sea una sociedad limitada de nueva empresa no tendrá que presentar esta declaración.
Información detallada. El nuevo modelo 036 exige a los contribuyentes que aporten una información muy detallada del local en el que ejercerán tanto su actividad principal como de las accesorias e, incluso, de los almacenes, depósitos y otros centros de dirección relacionados.
Además de su localización exacta y referencia catastral, se pide su superficie. Uno de los motivos de tener estos datos tan exhaustivos es el cruce de esta información con la posible declaración del IRPF del empresario. Los contribuyentes que tributan por el sistema de módulos se imputan un determinado ingreso en función de la superficie de su local (a mayor superficie, mayor renta).
El régimen de IVA en el que el empresario está incluido y el sistema de deducciones al que se quiere acoger, así como el epígrafe de IAE en el que estaría incluido en el caso de tener que tributar por este impuesto son otros de los datos requeridos. Si se pagan salarios, alquileres o intereses también hay que declararlo, como también hay que informar, régimen de estimación de rentas que se va a elegir en el IRPF.
Impreso complicado. Quienes a diario se enfrentan a este tipo de declaraciones censales, principalmente gestores de empresas y asesores fiscales, afirman que el 036, como así llaman en la jerga a esta declaración, es un impreso complicado, algo que no se ha solucionado con su actual modificación.
En opinión de Leopoldo Gandarias, abogado y experto fiscal de ATQ Abogados, al exigir al contribuyente información del tipo como si está o no obligado a retener, se está presuponiendo que tiene una formación fiscal que no siempre se da. Además, para Gandarias, este modelo exige que se sepa de antemano qué es lo que va a pasar en la empresa en un futuro. 'Si luego no ocurre, Hacienda va automáticamente a requerir al contribuyente para que aclare esa situación y aunque no es grave, no deja de ser un engorro', aclara.
Censos tributarios. A partir de la declaración censal y, en su caso, del IAE para las empresas que no estén exentas de su pago, cada contribuyente figurará en uno o varios de censos regulados en el Real Decreto 1041/2003 publicado a comienzos de septiembre. Un censo de contribuyentes incorpora a todos los ciudadanos que tengan alguna relación fiscal. En el censo de obligados figuran los empresarios y en el de operadores intracomunitarios y exportadores quienes realicen estas actividades. Esta misma ley, modifica la forma de otorgar el NIF y la delegación de competencias a los ayuntamientos a la hora de gestionar el IAE. Quien figure en algún censo podrá pedir a Hacienda que le emita un certificado con sus datos.
Los ayuntamientos pueden pedir competencias en el IAE
El real decreto que regula los censos tributarios recoge la posibilidad de que el Ministerio de Hacienda pueda delegar las competencias en materia de inspección del IAE en los ayuntamientos, diputaciones provinciales o comunidades autónomas. Esta delegación, que sólo afectará a las cuotas municipales del impuesto, debe solicitarse por quien quiera asumir la competencia. El plazo para hacer esta solicitud termina el próximo 1 de octubre de este año si lo que se quiere es asumir la competencia desde enero de 2004. En el caso de los ayuntamientos, sólo los que tengan una población superior a los 50.000 habitantes podrán tener esta competencia. Una vez asumida esta facultad, el ayuntamiento podrá renunciar a ella.
El NIF provisional se dará en un plazo máximo de 10 días
Antes de iniciar cualquier actividad con impacto fiscal, las sociedades deben contar con un número de identificación fiscal (NIF). Para que la empresa pueda relacionarse lo antes posible, Hacienda entrega un NIF provisional que luego se transforma en definitivo. Tras las reformas aprobadas, desde que el contribuyente presenta la declaración censal que le corresponda, este NIF definitivo se entregará en un plazo máximo de 10 días. No hay un plazo máximo en el que este NIF provisional se convierta en definitivo. En principio, depende de cuándo la sociedad reúna toda la documentación. No obstante, para el plazo máximo de tres meses, la sociedad podrá tener que volver a iniciar todo el proceso.
Las entidades ficticias serán expulsadas de los censos
Las empresas que figuren en los registros de operadores intracomunitarios y de exportadores podrán ser expulsadas de dicho registro si en el curso de una comprobación la Administración constata que no han comunicado su cambio de domicilio o que no tienen actividad.La baja de estos censos se hará de oficio por la inspección y también podrá tener lugar cuando tras haber otorgado a estas entidades un número de identificación fiscal provisional no aporten, en el plazo de tres meses, la documentación necesaria para obtener el número de identificación definitivo. Con esta medida, se persigue, que las conocidas como empresas fantasma puedan contar con instrumentos legales que les den apariencia de estar vivas.