Ir al contenido
_
_
_
_
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Magro contenido social en la Convención

José María Zufiaur hace balance de las propuestas consensuadas para instituir una Constitución Europea. Critica los contenidos sociales y económicos introducidos y dice que sólo se modificarán con la movilización social

Tras 26 sesiones plenarias, la Convención Europea clausuró definitivamente sus trabajos el pasado 10 de julio. Ahora le corresponde a la Conferencia Intergubernamental (CIG), que comenzará sus actividades el próximo 4 de octubre en Roma bajo presidencia italiana de la UE y que está previsto las culmine en abril del año que viene durante la presidencia irlandesa, decidir sobre las propuestas consensuadas por los 105 convencionales para instituir una Constitución Europea. Posteriormente, el 1 de mayo de 2004, está prevista la incorporación de 10 nuevos miembros a la UE, con lo que la firma del tratado constitucional se realizará por los representantes gubernamentales de la nueva Europa de 25 miembros. Las elecciones europeas se celebrarán en junio del próximo año y a partir de entonces y hasta finales de año serán los países, mediante referéndum en bastantes casos o mediante acuerdo de sus Parlamentos nacionales en otros, los que tendrán que ratificar el nuevo tratado constitucional. Al proceso de ratificación del proyecto de Constitución Europea le queda, por lo tanto, en teoría, mucho recorrido por delante.

¿Cuál es el balance? Los aspectos más positivos hay que ubicarlos en los apartados procedimentales, institucionales, políticos y democráticos: recopilación de los diversos tratados en uno sólo y de naturaleza constitucional; dotar de personalidad jurídica a la Unión; eliminar la anterior división en tres pilares de la acción comunitaria (políticas comunitarias; política extranjera y de seguridad común; cooperación en las áreas de justicia y de asuntos internos); simplificación de instrumentos; recurso acentuado a las decisiones por mayoría cualificada y casi generalización del procedimiento de legislación ordinaria (anteriormente denominada codecisión) para la adopción de las medidas legislativas (leyes y leyes-marco europeas), lo que refuerza el papel del Parlamento Europeo; creación de un ministro de Asuntos Exteriores de la Unión y posibilidad de crear un servicio diplomático común; inclusión en el Tratado de la Carta de los Derechos Fundamentales; inclusión de un artículo sobre los símbolos de la Unión (bandera, himno, divisa, moneda, fiesta conmemorativa); derecho de iniciativa popular.

En los aspectos sociales y en los referidos a la gobernanza económica, el balance es bastante más reducido. En el apartado de los valores (justicia social, igualdad, solidaridad) y en el de los objetivos de la UE (pleno empleo, economía social de mercado, desarrollo sostenible) han quedado recogidas algunas de las demandas sindicales y de otras organizaciones sociales. La ausencia más notable es la falta de referencia a los servicios de interés general, que constituyen uno de los pilares esenciales del modelo social europeo. En el título dedicado a la vida democrática, y pese a un primer 'olvido', se ha terminado reconociendo el papel de los interlocutores sociales y del diálogo social.

La carta europea no ha previsto ningún mecanismo para su mejora, de manera que puedan recogerse derechos no contemplados, como la vivienda

Ahí se acaban las buenas noticias. La inclusión de una cláusula limitativa y posteriormente, a instancias del Reino Unido, de una cláusula interpretativa en la Carta de los Derechos Fundamentales deja en la incertidumbre la incidencia real de tales derechos; tampoco se ha previsto en la carta ningún mecanismo para su adecuación y mejora, de tal manera que puedan recogerse en el futuro otros derechos no contemplados, como el derecho a la vivienda, a la formación a lo largo de toda la vida, a los servicios esenciales, a una pensión digna o a una renta mínima.

Los derechos sindicales transnacionales (a la negociación colectiva, a la huelga, a la libre asociación y sindicación) siguen no estando reconocidos. Pese a que a última hora se ha introducido, en la parte tercera dedicada a las políticas y al funcionamiento de la Unión, un artículo (el III-6) referido a los servicios de interés general, éstos quedan supeditados a la política de concurrencia de la Unión. La unanimidad seguirá siendo la regla para aspectos centrales de la política social (la protección de los trabajadores en caso de rescisión del contrato laboral; la representación y la defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios; las condiciones de empleo de los nacionales de terceros países que residan legalmente en el territorio de la Comunidad) y de la política fiscal. En cuanto a la gobernanza económica, el BCE sigue teniendo como único objetivo el de la estabilidad de precios (no se ha admitido sumarle el objetivo del empleo). Sigue habiendo desconexión entre las orientaciones y la coordinación de las políticas económicas y las orientaciones sobre el empleo y la política social, no se establece ninguna referencia cuando se habla del diálogo social, a procedimientos y mecanismos de concertación tripartita.

Como ya se dijo con ironía refiriéndose al Tratado de Roma, no se puede decir respecto a este proyecto de tratado constitucional que lo social esté totalmente ausente del mismo. Pero es evidente que principalmente ha tratado las cuestiones referentes al reparto del poder (entre instituciones comunitarias y entre éstas y los Estados miembros), y lo social se ha dosificado, como señaló la Confederación Europea de Sindicatos (CES) en un comunicado, con cuentagotas.

Las posiciones expresadas por los Gobiernos alemán, francés, inglés e italiano en el sentido de mantener casi integralmente lo consensuado en la Convención no parecen dejar mucho margen de maniobra para modificaciones sustanciales, a lo largo de ese extenso recorrido que, según señalábamos al principio, le queda por realizar a la propuesta. Quizá, alguna referida al número de comisarios y a otros aspectos relacionados con la distribución de competencias, cosa que solicitan una coalición de países pequeños y la Comisión Europea, no en todo con objetivos coincidentes.

Pero sólo una gran movilización social podría hacer cambiar los contenidos económicos y sociales.

La CES ha convocado una manifestación en Roma, coincidiendo con la apertura de la CIG, para reivindicar una mayor coherencia entre las partes declarativas y las aplicativas del proyecto de futura Constitución Europea. También otras muchas organizaciones sociales querrán manifestar su opinión sobre el producto final en el que indirectamente han participado a través del foro creado por la Convención. Es posible por ello que, pese a todo, no esté dicha la última palabra.

Más información

Archivado En

_
_