El Corte Inglés deberá readmitir a dos sindicalistas despedidos
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Madrid ha declarado que los despidos de dos miembros del comité de empresa de El Corte Inglés son nulos, 'por lesivo de derechos fundamentales'. Además, condena a la empresa a 'readmitir a los trabajadores en las mismas condiciones de trabajo que tenían con anterioridad al despido, con abono de los salarios dejados de percibir hasta que la readmisión de produzca'.
El Corte Inglés no quiso realizar ningún tipo de comentario, aunque sí confirmó la recepción de la sentencia.
Por su parte, fuentes de CC OO, sindicato al que están afiliados los dos afectados, señalaron que el despido se había producido a consecuencia del reparto de unas octavillas por parte de los dos miembros del comité, uno de ellos el presidente, del centro de la calle Preciados, en Madrid.
En estos panfletos se acusaba a la empresa de distribución de actuar como una banda terrorista, por lo que el grupo procedió a su despido basándose en las ofensas y amenazas inferidas contra la misma.
Los abogados de CC OO argumentaron que los despedidos no eran los autores de las octavillas, sino sólo difusores y que la terminología empleada estaba dentro del 'lenguaje ácido' que se suele utilizar en las reivindicaciones sindicales.
El tribunal ha considerado que no existe infracción del deber contractual, sino ejercicio del derecho sindical y por eso ha condenado a El Corte Inglés a readmitir a los empleados.