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Impuestos

Hacienda da la razón al contribuyente en el 37% de los recursos

Para impugnar una decisión de Hacienda, primero hay que someterse al juicio de los tribunales económicos. En caso de no obtener la razón, se puede pleitear ante la jurisdicción ordinaria. Según los últimos datos de Tributos, referidos al año 2001, sus tribunales han resuelto más de 150.000 casos en un año. De estos, los contribuyentes han ganado cuatro de cada diez, pero ante los tribunales de justicia la cifras se vuelven más opacas.

Por las memorias de la Agencia Tributaria, se sabe que Hacienda gana el 100% de los pleitos penales suscitados para defender a sus funcionarios. También se sabe que, en materia de acciones civiles, su porcentaje de éxito es del 75% y, en el ámbito social, gana en el 70% de las ocasiones. Pero ¿en cuántos casos los tribunales dan la razón a Hacienda por temas relacionados con los impuestos? Ni en las memorias de la Agencia Tributaria ni en las de la Administración Tributaria está la respuesta.

Pero antes de llegar a esta jurisdicción ordinaria, la de los tribunales de justicia, el contribuyente que decide impugnar una decisión de Hacienda debe pasar por los tribunales administrativos. En este caso, no es un juez al uso quien examina el asunto, sino un funcionario (con nivel de inspector de Hacienda) del Ministerio de Hacienda. En estos tribunales, a los que no hace falta acudir con abogado, los contribuyentes ganan cerca de cuatro de cada diez pleitos. Dicho de otra forma, Hacienda se da la razón a sí misma en algo más del 50% de las ocasiones. En un pequeño porcentaje, los asuntos se archivan por diversos temas.

El primer paso para recurrir un acto administrativo es interponer un recurso de reposición. Según los últimos datos publicados en la Memoria de la Administración Tributaria, en 2001 se resolvieron 486.711 recursos de este tipo. En esta fase, el IRPF es el impuesto que más conflictividad genera. El 47% de los asuntos tratan sobre el IRPF. El IVA y el impuesto sobre sociedades son los otros dos grandes tributos que también suscitan las quejas de los contribuyentes.

En esta fase, el asunto lo estudia el mismo funcionario que tomó la decisión contra la que pelea el contribuyente. La Memoria de la Administración Tributaria no refleja en qué proporción se da o se quita la razón a los contribuyentes. Pero, salvo casos muy evidentes, pocos asesores fiscales dan a sus clientes esperanzas de ganar.

El siguiente paso consiste en interponer un recurso económico administrativo. Un tribunal, formado por inspectores de Hacienda, dirime el asunto. Según la memoria de la Administración tributaria, en 2001 los tribunales regionales y locales tramitaron 147.055 asuntos. El IRPF y transmisiones patrimoniales son los dos impuestos que más casos acumulan en esta vía. En algo más del 37% de las reclamaciones (55.484 ), el fallo fue estimatorio. Así, casi cuatro de cada diez fueron a favor del contribuyente. En un 47% de las ocasiones ganó Hacienda y el resto finalizaron porque alguna de las partes desistió.

Andalucía, Cataluña, Madrid y Valencia fueron, por este orden, las comunidades autónomas que más nuevos expedientes recibieron. En total, entraron más de 160.000 nuevos recursos en 2001, un 10,36% más al ejercicio anterior, lo que supone un aumento de litigiosidad.

Tribunal Central

Según la cuantía de la reclamación, un recurso puede ir directamente al Tribunal Económico Central. También, tras obtener un fallo en contra en un tribunal regional, se puede recurrir en alzada. El Central resolvió en 2001, 11.386 casos. De estos, el 54% fueron desestimados. Tan sólo, en poco más del 17% de los casos, el fallo fue a favor del contribuyente.

Asuntos sobre procedimiento recaudatorio e IRPF están en el origen de la mayoría de los recursos. Este tribunal está formado por 146 personas.

En 2001, entraron casi 8.000 nuevas reclamaciones, un 8% menos que en 2000. Tras tener una decisión de un tribunal administrativo (regional o central) se puede acudir a un tribunal superior de justicia. En este caso, es necesario acudir con abogado.

'El arbitraje solucionaría el alto grado de conflictividad'

Bajo un sistema fiscal en el que el contribuyente soporta el cálculo de los impuestos y Hacienda se limita a comprobar, es lógico que exista un alto índice de conflictividad. Bajo esta premisa, el defensor del contribuyente, José Juan Ferreiro, se muestra como uno de los más fervientes defensores del arbitraje en materia tributaria. En diversas ocasiones, Ferreiro ha defendido la idea de que la actual reforma de la Ley Tributaria debería aprovechar la ocasión para introducir esta forma de resolver conflictos que ya existe en la mayoría de los países de la UE, salvo Portugal, Finlandia y Austria. Pero para el secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez-Ponga, el coste del arbitraje no es ahora mismo asumible por la Administración.

'Los inspectores no deberían cobrar por deuda instruida'

Antonio Durán Sindreu, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), ha señalado, en diversas ocasiones, que una de las causas del exceso de conflictividad laboral está en el sistema retributivo de los actuarios de la Agencia Tributaria. Parte del sueldo de estos funcionarios depende del cumplimiento de objetivos. Como objetivo se fija la deuda instruida o que se reclama a un contribuyente. Para Durán-Sindreu, no es malo el sueldo en función de objetivos, pero no estaría de más que se fijara en función de la deuda ya liquidada y firme, esto es, la que efectivamente Hacienda va a cobrar y no, como ahora, la que quizá se recurra y nunca se ingrese. Para Durán esta situación es una de las principales causas de recursos.

La Agencia Tributaria gana el 100% de los casos penales

Los funcionarios de Hacienda no son muy simpáticos para algunos contribuyentes, que deciden ir a la vía penal para luchar contra ellos. Lucha infructuosa. De 13 pleitos sobre defensa de funcionarios finalizados en 2002, los 13 los ganó la Agencia. Uno de los motivos de estas denuncias puede ser la prevaricación. Otros asuntos de los que sí informa la memoria de la Agencia Tributaria son los temas sociales, esto es, por problemas con su personal laboral. Una vez más la Agencia es fuerte y gana el 70% de los casos. En materia civil, por ejemplo, cuando ordena un embargo y hay un tercero diferente del contribuyente que dice tener un derecho sobre el bien embargado, gana en el 75% de los casos. En materia tributaria no hay información alguna.

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