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Relaciones laborales

El plan de prevención de riesgos será obligatorio para todas las empresas

En la gestión de todo tipo de empresas deberá incorporarse un plan de prevención de riesgos y, cuando se realice una actividad peligrosa, deberá estar presente un responsable en seguridad laboral. Estas son algunas de las novedades de la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, un texto que inicia ahora su andadura parlamentaria por la vía de urgencia.

Da igual el tamaño y el sector de las empresas. Todas deberán incorporar a su gestión diaria un plan de prevención laboral. Sobre esta novedad pivota la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que el pasado viernes aprobó el Consejo de Ministros y pasa ahora al Congreso.

Hasta ahora, la prevención de riesgos laborales se apoyaba en la mera evaluación de riesgos. Ahora, la elaboración del plan exigirá una planificación previa de las actuaciones preventivas, deberá completarse con un control periódico y, por supuesto, con el mantenimiento de la evaluación.

Cuando la reforma entre en vigor, la empresa que no haya incorporado el plan a su gestión empresarial estará cometiendo una infracción. Este plan podrá elaborarse en el seno de la empresa o bien a través de expertos externos. En líneas generales, el plan incluirá la organización, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos y los recursos necesarios para la acción de prevención.

En el pasado año se produjeron cerca de 950.000 accidentes laborales graves y leves, algo menos que en 2001. Sin embargo, los accidentes mortales se incrementaron. Saber si esta reforma cambiará estas cifras es, según los expertos, difícil de evaluar. En opinión de Federico Durán, coordinador del departamento laboral de Garrigues, esta reforma supone 'un paso adelante para que el cumplimiento con la ley sea real y no sólo formal, pero no se trata de ningún plan de choque contra la siniestralidad'.

El otro gran cambio que recoge la reforma afecta a las empresas que desarrollen actividades peligrosas. Estos negocios no sólo tendrán que contar con una persona responsable en seguridad y riesgos laborales, sino que esta persona deberá estar presente en el lugar de trabajo cuando se realicen las actividades de mayor riesgo.

Para las empresas que contraten trabajadores que provengan de una ETT también hay cambios. Estas empresas deberán constatar que la persona que va a trabajar para ellos ha recibido información sobre riesgos y medidas de prevención. La verificación debe realizarse de forma documental, por lo que será la ETT la que acredite esta circunstancia. En opinión de Durán, 'este cambio puede hacer que se vea ya a las ETT como una garantía de calidad del empleo más que como un riesgo'.

Examen médico

También se exigirá a la empresa usuaria que compruebe que el nuevo empleado goza de una salud compatible con su trabajo. Aparece aquí ya uno de los puntos polémicos de la reforma. Para Javier Blasco, jefe de la asesoría jurídica de la ETT Adecco, 'la vigilancia de la salud es un derecho y no una obligación y, salvo en determinadas circunstancias recogidas en la ley, no se puede obligar a nadie a pasar un reconocimiento médico'.

Tanto para Durán como para Blasco, esta reforma contiene demasiadas remisiones a un futuro reglamento. Uno de estos temas afecta a la llamada 'coordinación de actividades empresariales', esto es, a los problemas derivados de la subcontratación.

Para Blasco, otro aspecto que también ha quedado en el tintero es el asesoramiento a pymes y microempresas. En su opinión, 'debería promoverse el papel de los inspectores como asesores y no mostrar sólo su faceta sancionadora'. Durán apunta como uno de los aspectos que pueden dar lugar a conflicto la nueva figura de los funcionarios que apoyarán a la inspección de trabajo. En su opinión no queda claro quiénes serán y qué formación tendrán, 'sin embargo, se les da poderes muy importantes y, una vez más, habrá que esperar al reglamento'.

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