Aprobado el proyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales
El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes del proyecto de Ley de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, una norma que da cumplimiento a las medidas acordadas en la Mesa de Diálogo Social en diciembre del pasado año.
La futura normativa establece que las empresas estarán obligadas a elaborar e implantar un plan de prevención, así como que serán sancionadas las que contraten trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal que no hayan sido informados debidamente de los riesgos de su puesto, según la reseña oficial del Consejo de Ministros.
El nuevo texto, que ha sido consultado y asumido por las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y por las organizaciones sindicales CCOO y UGT, recoge una serie de medidas cuyo fin prioritario es combatir de manera activa la siniestralidad laboral de nuestro país.
La norma cuenta con el informe favorable del Consejo Económico y Social, que ha incorporado una serie de modificaciones técnicas, así como una disposición adicional para dejar constancia que se trata de una ley de obligado cumplimiento para las Comunidades Autónomas, y para su tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia.
Modifica la de Prevención de Riesgos Laborales, con el objetivo de favorecer la integración de la prevención en los procesos productivos, y la de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, para mejorar el cumplimiento de la normativa preventiva. En cuanto a la modificación de la Ley de Prevención de Riesgos, el empresario ahora estará obligado a elaborar e implantar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, que quedará integrado en el sistema general de gestión de la misma.
Además, las acciones preventivas deberán debatirse antes de su puesta en práctica con los representantes de los trabajadores encargados de la prevención de riesgos laborales y tendrán que existir en las empresas con actividades peligrosas responsables en este campo que estén presentes en las situaciones de mayor riesgo.
Respecto a los cambios en la Ley de Sanciones, se tipifica como infracción la no inclusión de la actividad preventiva en la empresa o no llevar a cabo evaluaciones de riesgos. Será considerada como infracción muy grave la suscripción de pactos entre empresas para eludir las responsabilidades de la normativa, mientras que será grave la contratación de personal de ETT que no hayan sido formados sobre riesgos laborales.