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Ecofin

La UE aprueba el 'pasaporte único' para las empresas que cotizan en bolsa

El Consejo de ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (Ecofin) ha aprobado hoy la directiva que establece normas comunes para la elaboración, aprobación y distribución de los folletos que se publican al efectuar una emisión de títulos en mercados regulados o al solicitar la admisión a cotización, dando lugar así al "pasaporte único".

De este modo, un folleto que haya sido reconocido en un Estado miembro será válido para el resto, pero tampoco se autorizará ninguna oferta de valores al público sin publicación previa del folleto. La directiva sólo trata de obligaciones de publicidad inicial, por lo que las condiciones de admisión en una plaza seguirán regidas por las exigencias europeas y nacionales en vigor.

Respecto al régimen lingüístico de los folletos, la Directiva permite la elección de la lengua cuando la emisión tenga lugar en uno o más Estados miembros distintos del Estado de origen. En esos casos, el folleto podrá hacerse en la lengua de los Estados de acogida o bien en "una lengua habitual en el ámbito de las finanzas internacionales" y podrá exigirse que se traduzca la nota de síntesis.

Objetivo: Crear un mercado único

Esta legislación forma parte del Plan de Acción cuyo objetivo es la creación de un mercado único para servicios financieros en 2005, buscando un equilibrio entre la eficiencia y la protección del inversor. Con la directiva, una entidad que coloque títulos en varios mercados podrá elaborar un único folleto, en lugar de uno distinto para cada mercado por lo que se espera que se facilite la obtención de fondos en los mercados de capitales.

En cuanto a la protección de los inversores, la información que debe recogerse en el folleto depende del tipo de inversor al que va dirigida la emisión, pues no es lo mismo que la emisión se dirija al gran público que a un pequeño grupo de inversores expertos. Para ofertas limitadas a estos últimos no se requiere la información del folleto, mientras que para reventas a través de mercados regulados si se requiere al publicación de folleto.

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