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El futuro de los paraísos fiscales

José Ignacio García Muniozguren explica las medidas adoptadas por la OCDE y la UE para combatir la utilización de los paraísos fiscales en las operaciones de inversión en el exterior

Las inversiones que tienen como destino países o territorios que pueden calificarse como paraísos fiscales representan una parte muy significativa del total de las inversiones españolas en el extranjero. Estos datos sorprenden a los profesionales del derecho tributario, ya que invertir en el exterior en o a través de paraísos fiscales ha dejado progresivamente de reportar ventajas especiales a los contribuyentes españoles. Sin embargo, en fechas recientes ha empezado a registrarse una tendencia a la baja en la evolución de estas inversiones, fruto en buena parte de las acciones que vamos a tratar en este artículo.

Ante la magnitud de las inversiones que tienen como destino estos territorios, desde hace ya casi dos décadas en la escena internacional se han ido tomando medidas para combatir el fenómeno. Algunas han sido unilaterales, consistentes en la inclusión de cláusulas de salvaguardia en los ordenamientos internos de los estados. No obstante, dado el efecto limitado de las medidas uniltaterales, los avances más significativos han sido fruto de la cooperación internacional, principalmente en el seno de la OCDE y de la Unión Europea.

En 2000, la OCDE, después de bastantes años de trabajo, identificó 35 países y territorios que, a juicio de la organización, merecían la consideración de paraísos fiscales. Esta lista era en buena parte coincidente con la que España había fijado unilateralmente mediante el Real Decreto 1080/1991 de 5 de julio.

La OCDE conminó a estos territorios a comprometerse a eliminar sus prácticas fiscales lesivas o a eliminarlas directamente sin compromiso previo alguno, en un plazo que, tras una prórroga, expiró el 28 de febrero de 2002. Los países y territorios que no manifestasen este compromiso en dicho plazo serían considerados como 'paraísos fiscales no cooperadores', frente a los cuales la OCDE recomienda a sus Estados miembros adoptar determinadas medidas de salvaguarda en sus ordenamientos tributarios (limitación de deducciones y exenciones, reglas de transparencia fiscal, endurecimiento de regímenes sancionadores, etc.). Transcurrido el plazo, sólo siete países y territorios no han manifestado este compromiso y se consideran, por tanto, 'no cooperadores' por la OCDE desde 2002: Andorra, Liberia, Liechtenstein, Mónaco, Nauru, Islas Marshall y Vanuatu.

Los trabajos de la CE, por su parte, han consistido en dos acciones paralelas:

El código de conducta elaborado por el Grupo Primarolo en 1999, en el que se identificaban medidas fiscales perniciosas en territorios europeos de cuyas relaciones exteriores es responsable un Estado miembro de la UE (en concreto, Gibraltar) y en territorios dependientes o asociados a Estados miembros (Nueva Caledonia, Aruba, Bermudas, Isla de Man, etc.).

Las medidas recogidas en este código debían eliminarse antes del 31 de diciembre de 2005, aunque recientemente se ha planteado la posibilidad de conceder ampliaciones de este plazo.

La directiva de fiscalidad sobre el ahorro, en la que se constata la necesidad de que Estados Unidos, Suiza, Andorra, Liechtenstein, Mónaco, San Marino y los territorios dependientes o asociados a los Estados miembros apliquen medidas equivalentes a las de la directiva para impedir las fugas de capital hacia ellos. Entre las medidas de la directiva que pueden afectar a los paraísos fiscales cabe destacar las exigencias de intercambio efectivo de información entre estos territorios y los Estados miembros de la UE.

Aunque todavía es pronto para que la cooperación supranacional en este área se haya traducido en frutos concretos, no se puede minimizar la importancia de los pasos dados, sobre todo por el cambio de actitud de la comunidad internacional que suponen. El trabajo que queda es aún mucho y, aunque en los próximos años habrá nuevos progresos, cabe prever que también asistamos a estancamientos fruto de los cada vez más complejos intereses económicos que rigen las relaciones internacionales.

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