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Declaración de la Renta 2002

El IRPF debe declararse aunque se quiera renunciar a la devolución

Por un céntimo a mi favor no merece la pena ni presentar el impuesto' pueden pensar muchos contribuyentes. De actuar así, se arriesgarán a sufrir una sanción que ahora va desde 6,01 euros a 1.202,02 euros. Hacienda castiga así tanto a quien no paga impuestos como a quien le paga en exceso por la vía de las retenciones porque, con independencia de cuál sea el resultado del IRPF, la obligación del contribuyente es declarar.

El método para sancionar las infracciones fiscales está regulado en la Ley General Tributaria. Una norma que, en la actualidad, está en proceso de reforma. Las infracciones que ahora se cometan están reguladas en la ley actual. Sin embargo, existe el derecho a aplicar la ley más favorable, así que el contribuyente sancionado podrá elegir la multa que menos perjuicio le cause cuando entre en vigor la nueva norma.

Declarar fuera de plazo. El próximo lunes 30 de junio termina el plazo para presentar tanto el IRPF como el impuesto sobre el patrimonio. Los olvidadizos o los morosos profesionales que sobrepasen este plazo deberán enfrentarse al pago de los correspondientes recargos, que se incrementan según aumenta el tiempo desde ese día 30 de junio.

El contribuyente es responsable de las infracciones aun si la declaración la confecciona un asesor fiscal

Así, por ejemplo, a un contribuyente que presente el 28 de julio el IRPF con una cuota a pagar de 1.000 euros, Hacienda le reclamará 1.050 euros, esto es, la cuota más un recargo del 5%. Esta cantidad aumenta según pasan los meses hasta llegar al 20% de recargo más intereses de demora, que en 2003 son del 5,5%.

Si antes de que el contribuyente presente voluntariamente el impuesto Hacienda le envía un requerimiento en el que le reclama el pago, ya no habrá recargos, sino auténticas sanciones. En este caso puede llegar a pagarse hasta el 150% de la cantidad adeudada.

Declarar con errores. Y si malo es no declarar, otro tanto puede decirse de hacerlo, pero mal. Los errores en el IRPF se castigan con multas que van desde 6,01 euros hasta 901,52 euros.

Ahora bien, no todos los errores son iguales. Inventarse deducciones o aumentar la cantidad de desgravación a la que se tiene derecho supone caer en una infracción grave sancionable con un porcentaje variable que va desde el 50% hasta el 150% de la deuda con Hacienda.

Rectificar. Si ahora mismo, antes de que termine el plazo para presentar el IRPF, el contribuyente se arrepiente de esa pequeña mentira incluida en el impuesto ya presentado, tiene tiempo para rectificar. Por la vía de las complementarias se puede corregir un impuesto ya declarado. Si se hace antes de que pase el 30 de junio, la declaración anterior se anula.

No obstante, no está de más aclarar esta circunstancia ante Hacienda. De esta forma se evitan las sanciones siempre que se esté dentro de plazo. Más allá del 30 de junio, presentar una complementaria no evita el pago de recargos.

Si, por ejemplo, lo que se quiere es cambiar la modalidad de declaración, de individual a conjunta o a la inversa, más allá del 30 de junio tampoco es posible.

Prescripción. Si teniendo obligación de pagar el IRPF este año, el contribuyente no lo hace y consigue pasar desapercibido para Hacienda hasta el 30 de junio del año 2007, su deuda habrá prescrito.

Esto significa que Hacienda ha perdido su derecho a cobrar, lo que ocurre a los cuatro años de haber finalizado el plazo de pago voluntario de un impuesto.

Si antes de que pasen estos cuatro años Hacienda se pone en contacto con el contribuyente para reclamarle el pago, el plazo de prescripción se habrá interrumpido. Es decir, desde el día en que Hacienda reclame el cobro empezará otro plazo de cuatro años.

Responsables. El contribuyente, esto es, el titular de la declaración es quien debe responder de las infracciones relacionadas con esos impresos. La intervención de un asesor fiscal pasa completamente desapercibida para Hacienda.

No obstante, el contribuyente puede intentar por la vía de la responsabilidad civil que el asesor se haga responsable de los errores que haya cometido. Pero, ante Hacienda, no vale eso de 'yo no sabía. Fue el asesor'. En el caso de que los errores se cometieran por los servicios de ayuda de Hacienda, la responsabilidad será de ellos si el contribuyente consigue probar que no tuvo nada que ver en el fallo. Puede no ser fácil porque no queda copia alguna de los documentos que el contribuyente entrega para que le hagan la declaración.

Declarar según los datos fiscales que facilita Hacienda tampoco garantiza una declaración perfecta porque el contribuyente puede tener más cosas que declarar que Hacienda, en el momento de entregar los datos al contribuyente, no puede facilitar.

¿Hacienda comprueba de forma masiva la declaraciones?

El 53% de los lectores, de un total de 5.231, considera que Hacienda comprueba masivamente las declaraciones del IRPF. Con estos resultados, se cierra la serie de sondeos sobre la campaña de renta en www.5dias.com.

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