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Guerra digital

Los híper no vendieron el producto por la duda sobre su legalidad

La Sala asegura que la decisión del Gobierno de vetar la utilización del descodificador de CSD creó una situación de 'incertidumbre jurídica que influyó en la actitud de los grandes centros comerciales'. Cita en concreto las manifestaciones de Juan Francisco Roig Villa, que era jefe de la asesoría jurídica de la cadena de hipermercados Pryca, y manifestó que existía un riesgo derivado de la legislación. Aseguró que ése fue el motivo que provocó que Pryca no comercializara el servicio o al menos no se llegara a un acuerdo, ya que, 'cuando se solventaron las incidencias legislativas, se realizó normalmente la comercialización del producto'.

Acuerdo comercial

En los mismos términos se pronunció el que entonces era director general de Continente, Felipe Díaz, que explicó a la Sala que su cadena 'cesó en la comercialización del producto por las dudas sobre su legalidad'. Sin embargo, Alcampo precisó en su declaración ante el tribunal que la distribución del producto se inició alrededor de septiembre de 1997, 'si no se hizo antes fue porque no se había alcanzado un acuerdo comercial suficiente'.

Por todo ello y por 'el hecho indiscutido' de que se procedió a levantar 'un acta de inspección a Continente por comercializar los servicios de CSD', la Sala Tercera del Tribunal Supremo asegura que resulta razonable concluir que la normativa aplicada por el Gobierno 'influye en la menor actividad comercial en relación con el producto de CSD durante el periodo de febrero a 15 de septiembre de 1997, aún cuando esa no fue la única causa, sino que también influyó el estado de las negociaciones de CSD con algunas de las grandes superficies'.

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