Una excepción a medida, pero menos
El borrador inicial del real decreto contenía cinco excepciones a la formulación de la opa, que describían exactamente la situación de Repsol en Gas Natural, con lo que parecía una regla hecha específicamente para la petrolera. No obstante, el texto hace más laxas las condiciones que eximen de lanzar una opa, con lo que otras compañías podrían en un futuro beneficiarse de la normativa.
El nuevo texto exime de lanzar una opa a aquellas adquisiciones en las que se dé en la compañía afectada una situación calificada por parte del Servicio de la Defensa de la Competencia como de control conjunto de la sociedad. Esta es precisamente la situación en la que se encuentran Repsol y La Caixa en Gas Natural. Además deben concurrir simultáneamente tres condiciones. La primera, que antes de producirse la adquisición los socios que ejercen el control conjunto dispongan 'conjuntamente' de una participación en la sociedad superior al 50% y hayan designado entre ellos más de la mitad de los miembros de su órgano de administración. El acuerdo entre Repsol y La Caixa prevé que el consejo de Gas Natural esté formado por 12 vocales: cuatro propuestos por Repsol, cuatro por La Caixa y cuatro independientes de común acuerdo.
En segundo lugar, que como consecuencia de la adquisición no se incrementará el número de consejeros designados por el adquirente. Finalmente, que el aumento de la participación de la compañía adquirente no supere el 6% en un periodo de seis meses sin que en ningún caso aquélla pueda alcanzar o sobrepasar el 50%.
Se da la circunstancia de que la opa sobre el 100% de Iberdrola lanzada por Gas Natural ha enfrentado al núcleo duro del consejo de la gasística, pues Repsol está en contra de la operación, mientras que La Caixa se ha mostrado a favor. El desenlace de la operación puede provocar un incierto cisma en el seno del consejo de administración de Gas Natural.