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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Empresas con firma

Tras una larga espera, jalonada por la publicación en Internet de distintos borradores, el Gobierno ha aprobado finalmente el anteproyecto de ley que regulará la firma electrónica en España. El texto viene a sustituir a un real decreto que se adoptó antes de la directiva europea que regula la materia y que, según expertos jurídicos y empresas, no ha conseguido impulsar el uso de esta tecnología en España. Cinco ministerios, liderados por el de Ciencia y Tecnología, han participado en la elaboración de este anteproyecto de ley, cuyas principales novedades son dos: la creación de un DNI electrónico y la atribución de la firma digital a las empresas.

La primera de esas novedades implicará la puesta en circulación de millones de tarjetas electrónicas de identificación, que incorporarán una firma digital y permitirán a los ciudadanos realizar trámites y operaciones a través de la Red. Es el caso de ayudas, subvenciones o becas. La segunda, la firma electrónica para empresas, pretende flexibilizar el tráfico mercantil al introducir la posibilidad de que las personas jurídicas puedan firmar en nombre propio y no, como hasta ahora, con los datos de sus representantes.

Es indudable, como ha reconocido el propio ministro Josep Piqué, que el impulso de la firma electrónica supone uno de los cimientos necesarios para construir la sociedad de la información en España, un objetivo que el Gobierno hasta ahora no ha conseguido promover. Los esfuerzos que se han realizado para poner en marcha una Administración pública electrónica, de la que la Agencia Tributaria es un buen ejemplo, son inútiles si no se generaliza entre empresas y ciudadanos en general la posibilidad de realizar en Internet trámites y operaciones con total seguridad.

Como todo texto legal, la iniciativa del Gobierno tiene luces y sombras. Algunas voces de juristas ya han insinuado la posibilidad de que el texto pueda provocar problemas de competencia en el mercado de certificación de firmas y se han mostrado alarmadas con el hecho de que se haya rebajado, respecto a anteriores borradores, de seis a tres millones la fianza que tendrán que prestar las empresas certificadoras como garantía para hacer frente a posibles supuestos de responsabilidad. Y las compañías, que serán en gran parte las principales destinatarias de la futura ley, todavía tienen en la memoria el apresuramiento con el que se promulgó el real decreto que regula actualmente esta materia, un texto que no ha servido para impulsar el desarrollo de esta actividad en España.

En cualquier caso, tres años de gestación parecen suficiente garantía para alumbrar un texto al menos razonable. De ello depende que el comercio electrónico y la sociedad de la información se conviertan en una realidad y que España deje de ocupar, como hasta ahora, los últimos lugares en cuanto al uso y la generalización de las nuevas tecnologías.

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