La Ley Concursal permitirá vender la empresa
El empresario tendrá derecho a vender la titularidad de su empresa si con ello conserva la actividad empresarial y preserva los puestos de trabajo. Esta es una de las medidas que incluirá la futura Ley Concursal, que se encuentra en fase de tramitación en el Congreso y que se ha aprobado por parte de los grupos parlamentarios a raíz de una sugerencia de las Cámaras de Comercio.
Además, los nuevos juzgados mercantiles, que se crearán a partir de la aprobación de la Ley Concursal, podrán establecerse no sólo en la capital de provincia, sino también en otras poblaciones, cuando la existencia de núcleos industriales o mercantiles y la propia actividad económica así lo aconsejen. Los grupos políticos también han reconocido la reivindicación de las cámaras de que se incluya el arbitraje dentro de las competencias de los juzgados mercantiles.
Asimismo la ley ha recogido que en el caso de que la solicitud de declaración del concurso sea presentada por el deudor, éste deberá justificar su endeudamiento. La justificación de esta propuesta se basa en que puede originarse un uso excesivo de peticiones de concurso injustificadas, lo que dañaría el desarrollo de la actividad empresarial y, por tanto, a la economía española.
Respecto a la separación del cargo de los administradores concursales o la revocación del nombramiento de los auxiliares delegados, el proyecto de ley ha incluido, a instancias de las Cámaras de Comercio, la posibilidad de que el cese de los mismos pueda ser adoptado no sólo por las personas legitimadas para solicitar la declaración de concurso o de oficio por el juez, sino también a instancia de cualquiera de los demás miembros de la administración concursal.
Con esta medida se evitará que se produzcan situaciones de funcionamiento indebido de la administración concursal, ya que serán los propios administradores los que conozcan con mayor prontitud la concurrencia de justa causa que aconseje dicho cese.
Convenio
En lo que se refiere a la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio por parte del concursado, se ha admitido que el juez, en caso de apreciar algún defecto, lo notificará al concursado para que en los tres días siguientes a la notificación pueda subsanarlo.
Para las cámaras, con esta propuesta se quiere potenciar la figura del convenio dentro del procedimiento del concurso, ya que en el texto inicial sólo estaba prevista la subsanación de defectos cuando la propuesta de convenio tenía lugar después de que los acreedores instaran el convenio.
En el informe de la ponencia en el Congreso se ha producido también una modificación respecto a la regulación de los recursos que pueden interponerse respecto a las resoluciones dictadas en concurso.
En algunos casos, según la red cameral, se producía una excesiva concentración de poder en el juez.
Asesores fiscales influyentes en los cambios legales
Los inspectores consideran que el instrumento legal clave para atajar el fraude y 'desenmascarar este tipo de comportamientos, siempre bien asesorados', es la Ley General Tributaria, que en la actualidad está en trámites de ser reformada. Sin embargo, los inspectores afirma que en los trabajos preparatorios del anteproyecto de ley 'no han sido llamados a participar quienes deben tener una experiencia próxima y directa los inspectores y sí muchos de los que opinan públicamente que los fraudes cualificados son perfectamente legítimos para ahorrar impuestos'.Según explica el portavoz de la Apife, los intereses de los grandes bufetes de asesores se ven en algunas propuestas de cambio, como pueda ser las actas con acuerdo, el plazo para inspeccionar o el arbitraje. A lo que añade que 'tampoco hay que olvidar que el actual secretario de Estado de Hacienda fue presidente de una asociación de asesores fiscales el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).