El Parlamento Europeo da luz verde al mercado común de fondos de pensiones
La aprobación en el Parlamento Europeo era el único escollo que quedaba en la aprobación de la directiva de pensiones. Las comisiones parlamentarias ya habían dado el visto bueno al texto de la directiva. La aprobación de los Gobiernos de los Quince, último paso formal, es un mero trámite y se espera que se apruebe pronto y sin discusión.
La norma establece un pasaporte europeo para los fondos de pensiones equivalente al que ya existe para los fondos de inversión. Ello supone que la aprobación en un país de un fondo de pensiones permite que este fondo sea comercializado en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
La medida favorece a las gestoras profesionales, como bancos y aseguradoras, pero especialmente a las empresas con trabajadores en varios países de la Unión. Estas compañías tenían que crear un plan de pensiones para cada Estado miembro, pero a partir de ahora podrán tener un único fondo. Según la Comisión Europea, esta directiva ahorrará 40 millones de euros en los gastos de administración y gestión a una multinacional que tenga centros de trabajo en los 15 países de la UE.
Sólo planes de empleo
La directiva afecta sólo a los planes de pensiones de empleo, es decir, a los que crean las empresas para sus trabajadores. No incluye a los fondos que suscriben los ciudadanos a título individual. Tampoco a los planes de pensiones empresariales no exteriorizados, es decir, aquellos que dependen jurídicamente de las empresas, que los gestionan y los mantienen dentro del balance.
La directiva sobre fondos de pensiones es parte del plan de acción de servicios financieros, que pretende crear en 2005 un mercado único en las finanzas europeas. 'Las instituciones gestoras van a jugar un importante papel para atajar la bomba de relojería de las pensiones. La directiva les permitirá aprovechar totalmente las ventajas del mercado interno y del euro y, sobre todo, beneficiará a los futuros pensionistas', declaró Frits Bolkestein, comisario europeo de mercado interior.
El texto final responde a los intereses británicos, que defendían un modelo que limitase lo menos posible la gama de activos en los que pueden invertir los gestores. De este modo, los Estados miembros podrán reglamentar el estilo de inversión de los fondos de pensiones. Ahora bien, se establecen tanto suelos como techos en los porcentajes de la cartera que se destinan a los distintos tipos de activos.
Así, un Estado miembro no podrá impedir que una gestora destine menos del 70% de su cartera a acciones o bonos empresariales, ni menos del 30% a activos denominados en divisas distintas de la propia. Esto significa que los Estados pueden tolerar niveles superiores a estos 70% o 30%, pero no prohibir niveles inferiores. 'Los Gobiernos nacionales tampoco podrán restringir indebidamente la inversión en acciones o capital riesgo', señala la Comisión Europea.
Limitaciones
Por otro lado, no se podrá invertir más del 5% de los activos en un mismo valor bursátil, o más del 10% en valores del mismo grupo empresarial. Asimismo, se ha establecido un 'principio de persona prudente', que establece que los activos deberán ser invertidos en el interés del partícipe.
El gestor, además, deberá asegurar la seguridad, calidad, liquidez y rentabilidad del plan. Los beneficios del plan de pensiones deberán calcularse de forma prudente y tendrán que estar suficientemente cubiertos.
En las enmiendas introducidas por el Parlamento se ha incluido el refuerzo de las exigencias de transparencia. Así, el partícipe deberá estar al corriente de la situación financiera del fondo de pensiones y de los posibles acuerdos para transferir la gestión de sus derechos a otra institución.
En cualquier caso, la directiva respeta las competencias de los Estados a la hora de elegir los sistemas de pensiones más apropiados y de incentivar las distintas formas de ahorro.