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Tribuna
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Autores y creadores en busca de actores

Son pocos los centros nucleares que siguen vitales en la historia de los derechos del hombre. Uno de ellos, sin duda, lo constituye la propiedad. La propiedad comporta, entre otras manifestaciones, el respeto al dinero de los demás y el no aprovechamiento del esfuerzo de otros.

Cabalmente, ésta es la esencia del derecho que da cuenta y razón de la propiedad que llamamos intelectual. La oportunidad de hacer referencia a este asunto radica en que vivimos horas de aguas agitadas que también afectan a la propiedad intelectual en nuestro país.

Durante un centenar de años, la normativa que reguló la propiedad intelectual vivió lánguida y pacíficamente. En 1987 culminó la reforma de dicha normativa mediante una ley que supuso un paso adelante en la modernización de este sector del ordenamiento jurídico. Inmediatamente después a esta reforma se producen distintas directivas dictadas en el seno de la Unión Europea, la del año 1991, la de 1994 y la anterior a ésta, de 1992.

Sería prolijo citar otras, por lo que nos referimos, también, a dos nuevos tratados aprobados en 1996, y al impacto que sobre el sector se ha producido, en palabras de Rodrigo Bercovitz, derivado de las exigencias de la explotación de las autopistas de la información y del entorno digital.

Todo ello motivó la conveniencia de aprobar un texto refundido al final de una legislatura, la que terminó en 1996. Entre paréntesis hay que decir que los finales de legislatura son altamente peligrosos para las decisiones de política legislativa. Por tanto, hoy está vigente ese texto refundido.

En este estado de situación, desde hace meses se agitan los impulsos para proceder a una nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

Circula el borrador de dicho anteproyecto fechado en 28 de noviembre de 2002. También está en marcha la reforma de la tipificación penal de los delitos que atentan a la propiedad intelectual.

Considero, por consiguiente, sumamente acertada la iniciativa impulsada por la Fundación Arte y Derecho publicando dos monografías, presentadas a los lectores hace escasamente unos días.

Me refiero a la que lleva como título El futuro de la creación (los derechos de autor de los creadores visuales) y la que se titula Quien paga no es el autor (los creadores de imagen y sus contratos). Estas dos aportaciones, sugerentes y sugestivas, son de obligada consulta y estudio para quien quiera ser navegante en esta singladura prelegislativa.

Pero ahí es donde quiero incidir. La lectura de estas dos aportaciones me ha hecho repensar sobre la propiedad intelectual, reafirmándome en el criterio de que el núcleo básico del problema es la protección y la defensa del derecho de autor. La norma jurídica no crea el derecho de autor. æpermil;ste nace con la persona. Es connatural a ella.

La norma sirve para establecer los cauces de protección de ese derecho. Advierto en el anteproyecto, al menos el que ha circulado sobre mi mesa de trabajo, subordinación de este aspecto básico a intereses espurios. Parece como si se desconociera que cualquier fórmula legislativa tiene que dar preferencia absoluta a la protección de ese derecho que, repito, ni siquiera la Constitución lo ha creado, sino que la función de ésta se limita a establecer ámbitos de seguridad para el titular del derecho.

Ámbitos de seguridad que se consiguen con mecanismos eficientes de representación y defensa. Eficiencia que exige reforzamiento de entidades de gestión colectiva obligatoria. La naturaleza de este derecho y las peculiaridades de su autor convierten este andamiaje en coberturas ineludibles.

No va por ahí el rumbo de la reforma. Inquietante resulta que así sea. Se afectaría de no producirse un golpe de timón la garantía constitucional de la tutela efectiva de los derechos. Mal comienzo. Todavía estamos a tiempo de una rectificación.

Los autores demandan actores políticos y legislativos que representen fielmente sus obras. Quiero decir: los derechos ínsitos en su capacidad creativa.

Hay que acogerse al dictamen del maestro Oscar Wilde: 'La naturaleza imita a los creadores', a los creadores de obras y a los creadores de imágenes.

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