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Aviación

Desestimado el recurso de Spanair contra Iberia y Air Nostrum

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha desestimado el recurso interpuesto por la compañía aérea Spanair contra el acuerdo de franquicia que firmó Iberia y Air Nostrum, al considerar que 'no tiene por finalidad restringir la competencia'.

El fallo del Tribunal supone la estimación del acuerdo del Servicio de Defensa de la Competencia emitido el 19 de febrero de 2002, por el cual ya se suspendió la denuncia de Spanair contra los acuerdos firmados entre Iberia y Air Nostrum.

En su escrito de demanda, presentado ante la Defensa de la Competencia el 1 de septiembre de 2000, Spanair alegaba que, mediante dicho acuerdo, Iberia y Air Nostrum 'abandonaban su autonomía de comportamiento en el mercado para actuar de forma coordinada'. La decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia es impugnable por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional.

Además, según Spanair, 'con el acuerdo se producía un abuso de posición dominante por parte de Iberia, ya que incrementaba su número de derechos de aterrizaje (franjas horarias), eliminaba la presión competitiva de Air Nostrum y obstaculizaba su posición dominante'.

El 19 de febrero de 2002, Competencia interrumpió este expediente argumentando que el acuerdo 'no puede ser considerado como un pacto entre competidores reales o potenciales dadas las diferentes características de ambas compañías'.

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