Hacienda potenciará los acuerdos con el contribuyente para no ir a los tribunales
La nueva Ley General Tributaria está ya en su última fase de elaboración después más de tres años de estudio por parte del Gobierno. Ayer entregó su informe el grupo de expertos encargado por el propio Ejecutivo para que estudiara el borrador redactado desde el Ministerio de Hacienda.
El informe de los fiscalistas, encabezados por el presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente, José Ferreiro, sigue fundamentalmente las impresiones recogidas en 2001 por otro grupo de expertos (encargado por el ex secretario de Estado de Hacienda, Enrique Giménez-Reyna). Se trata, básicamente, de elaborar un texto que haga más fáciles las relaciones entre el contribuyente y la Administración tributaria, reduciendo la alta ligitiosidad existente (cerca de 200.000 pleitos anuales por tributos).
Sin embargo, el nuevo informe introduce algunas novedades, más acordes con el pensamiento del actual secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez-Ponga. Entre ellas, destaca la creación de 'órganos unipersonales' en los Tribunales Económicos-Administrativos (TEAC) para acelerar la resolución de reclamaciones efectuadas por el contribuyente y desatascar la labor de los plenos. La anterior comisión de expertos había propuesto, en cambio, árbitros independientes de la Administración. Con los órganos unipersonales se mantiene el control de la Administración (tesis avalada por Hacienda) y, a la vez, se prescinde del tradicional funcionamiento colegiado de los TEAC para resolver conflictos, dinamizando el proceso. Estos órganos serán competentes para conocer asuntos de reducida cuantía o escasa complejidad y deberán resolver en un plazo máximo de seis meses, tras el cual el recurrente podrá acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Régimen sancionador
Otro avance que se produce en el borrador de la nueva ley es un cambio en el régimen sancionador. Se establecen tres tipos de infracciones (leves, graves y muy graves), en las que se tiene en cuenta la intención de ocultación de datos por parte del contribuyente. Los expertos piden que las leves se fijen para deudas tributarias hasta de 3.000 euros. Con respecto a la ley actual (sólo hay infracciones simples y graves), se reducen las sanciones por infracciones leves, se tipifican mejor las graves y muy graves, y se establece un fuerte incentivo para aquellos contribuyentes que colaboren con Hacienda.
La reducción de las sanciones podrá alcanzar hasta el 60%, en general, y se extenderá a los incumplimientos formales (ahora no son susceptibles de reducción).
Además, en el procedimiento inspector se crea una nueva categoría de actas (acta con acuerdo), además de las tradicionales 'de conformidad' y 'de disconformidad'. Las actas con acuerdo se crean para que Administración y contribuyente pacten un valoración en común cuando la aplicación de una norma sea susceptible de varias interpretaciones. Con ello se pretende reducir la conflictividad entre Administración y particulares.
Revocación
Otro aspecto novedoso y que ayudará a reducir la litigiosidad es la introducción de la revocación al procedimiento tributario. Mediante el mismo, la Administración tributaria podrá revocar sus propios actos si lo estima conveniente ante una reclamación del contribuyente, dándose la posibilidad de depurar su actividad sin necesidad de acudir a órganos superiores. Además, el borrador del anteproyecto de ley introduce tipos infractores nuevos. Por un lado se considera infracción la falta de declaración, tanto del domicilio fiscal como de su cambio. Por otro, se considera como tal el incumplimiento del deber de sigilo a retenedores respecto de los datos personales de los empleados. La comisión pide que no se trate igual al obligado que no ingresa que aquel que ingresa pero en una declaración posterior.
Cláusulas antiabuso
El borrador del anteproyecto de ley contempla otras figuras interesantes como las cláusulas antiabuso, una reformulación del llamado fraude de ley para personas físicas y jurídicas que se aprovechan de las lagunas legales para dejar de pagar impuestos. Las cláusulas reducen la discrecionalidad de empresas e individuos para ampararse en negocios inusuales que les permitan no tributar. Un ejemplo es la creación de una sociedad, por parte de dos particulares, para la compra-venta de un inmueble.
El borrador plantea también que todas las consultas con Hacienda sean vinculantes y permite que el contribuyente no tenga que pagar intereses de demora cuando un juicio se retrase por culpa de la Administración. El Gobierno prevé aprobar el anteproyecto de ley en marzo.