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Tribuna
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El problema del precio del suelo y la vivienda

El problema del elevado precio de la vivienda y del suelo en España se ha convertido en un arma arrojadiza electoral, y ello ha llevado a un planteamiento erróneo del problema, que la Conferencia Sectorial sobre vivienda y suelo convocada para hoy mismo, día 22 de enero de 2003, no resolverá, dada la distribución de competencias en la materia, propiciada por la Constitución.

La oposición se está empeñando en pedirle al Gobierno medidas de índole urbanística, para cuya adopción el Ejecutivo es incompetente, por la sencilla razón de que la competencia en materia de ordenación del territorio, de urbanismo y de vivienda está transferida en exclusiva a las comunidades autónomas.

De hecho, las últimas actuaciones normativas del Gobierno en conexión con el urbanismo, en concreto la Ley 6/1998 sobre régimen del suelo y valoraciones, fueron recurridas por las comunidades autónomas gobernadas por el Partido Socialista (y, por cierto, declarada conforme con la Constitución en su casi integridad, salvo dos artículos, por razón de competencia).

Aunque la ley sí se está aplicando, en materia de valoración de expropiaciones la liberalización aún no ha empezado Cabe recordar a los partidos políticos que, si no son capaces de conseguir una solución, forman parte del problema

Lo que es materia de confrontación no es el objetivo a conseguir -el abaratamiento del suelo y, en consecuencia, el de la vivienda-, sino la forma de lograrlo o las condiciones adicionales que debe cumplir el método empleado para ello; el cumplimiento de algunas de las cuales, por cierto, haría inviable alcanzar el objetivo.

El Gobierno de la Nación pretendió resolver el problema del precio del suelo y la vivienda mediante la introducción de medidas liberalizadoras, consistentes, esencialmente, en definir, por una parte, el contenido de las facultades urbanísticas inherentes al derecho de propiedad, tratando de impedir que esas facultades quedasen bloqueadas por la discrecionalidad municipal. Y, por otra parte, recordando que, según nuestra Constitución, nadie puede ser privado de sus bienes y de sus derechos sin una indemnización justa y que la propia Constitución Española establece que nuestro sistema económico es el de mercado, en establecer que los bienes que, en ejercicio de la función social de la propiedad, les son tomados a sus titulares por la sociedad debe hacerse a su valor real, es decir, al de mercado y no a un precio irreal, fijado administrativamente.

Dicho de otro modo, la Ley 6/1998 contiene preceptos sobre derecho de propiedad, protegiéndola, y no sobre urbanismo. Lo que es correcto, porque desde la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, en la época de la Revolución Francesa, se admite que el respeto a la propiedad privada es un requisito imprescindible de la verdadera libertad.

Sin embargo, por razones de aritmética parlamentaria y por la juventud de nuestro Estado de derecho, la ley se aprobó con unas disposiciones transitorias que impedían la aplicación de su determinación esencial -la liberalización- hasta transcurridos muchos años (de hecho, aún no es obligatorio en la inmensa mayoría de municipios españoles adoptar el sistema de clasificación de suelos que la ley establece) y con algunas obligaciones -como la de urbanizar dentro de un plazo fijado por los poderes públicos-, obligaciones estas que son una clara herencia de nuestro pasado dictatorial e incompatibles con la economía de mercado definida por la Constitución.

Sin embargo, las comunidades autónomas que están gobernadas por el Partido Popular no han respetado -las demás tampoco- la línea liberalizadora establecida en la ley estatal, que tampoco ha sido cumplida voluntariamente por los ayuntamientos, con escasísimas excepciones.

De manera que la liberalización no ha empezado aún, aunque la ley sí se está aplicando en materia de valoración de expropiaciones, evitando el expolio.

El Partido Socialista, por el contrario, propugna aumentar aún más la intervención de los poderes públicos en el urbanismo, lo que es coherente con sus planteamientos: como no es posible lograr el abaratamiento del suelo si no se liberaliza, y no se quiere liberalizar, porque se desea que siga siendo el planificador el que decida qué se puede hacer en cada suelo y cómo y cuándo hacerlo, la solución es fijar un valor de expropiación administrativo (es decir, a capricho del que expropia), muy por debajo del real, y urbanizar por el sistema de expropiación.

Ocurre, sin embargo, que ese sistema no es compatible con el derecho de propiedad protegido por la Constitución Española y, además, ya tenemos la evidencia de que ha fracasado: es el sistema que pretendió implantar la Ley 8/1990, de reforma del régimen urbanístico y valoraciones del suelo, luego integrada en el texto refundido del año 1992; ley que fue felizmente anulada en su casi totalidad por el Tribunal Constitucional en marzo del año 1997, cuando ya era patente que no había logrado ningún resultado la pretendida rebaja del precio del suelo.

Las posiciones son tan opuestas que es imposible lograr un consenso.

De modo que la solución sólo puede ser una: dado que el modelo intervencionista ha fracasado, el Gobierno debe pedir a las comunidades autónomas gobernadas por su partido que modifiquen sus leyes urbanísticas para eliminar toda posible arbitrariedad de los ayuntamientos y modificar las disposiciones transitorias de la Ley 6/1998 -o convencer a sus correspondientes ayuntamientos- para que se aplique de forma inmediata.

Cuando se ponga de manifiesto que se obtienen buenos resultados, como ocurrió con la reforma fiscal, todo el mundo se apuntará a esa solución.

Entretanto, cabe recordar a los partidos políticos que, si no son capaces de conseguir una solución, forman parte del problema.

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