Monti duda sobre los motivos que se alegan para el impuesto catalán sobre los híper
El comisario europeo para la Competencia, Mario Monti, ha señalado que el impuesto catalán a las grandes superficies comerciales 'plantea dudas en cuanto a su admisibilidad por razones de interés general'. Este argumento fue la justificación alegada por las autoridades españolas que vinculaban la recaudación de este impuesto a la consolidación de los comercios situados en el centro urbano.
Monti ha expresado estas dudas en la contestación a una pregunta formulada por el vicepresidente del Parlamento Europeo, Alejo Vidal-Quadras, sobre las trabas comerciales en las negociaciones de preadhesión con los países de Europa del Este. A estas naciones que aspiran a formar parte de la UE se les pide una desregulación en materia comercial, mientras que dentro de la propia Unión y, más en concreto, en algunas comunidades autónomas españolas, se ha incorporado una nueva regulación que grava con un impuesto especial a los hipermercados.
El documento con la respuesta de Monti fue dado a conocer ayer por Anged, la patronal de las grandes superficies, que mostró su 'satisfacción' ante esta opinión (que no es ejecutiva), 'ya que entendemos que se trata de un impuesto injusto y discriminatorio', comentaron fuentes de la asociación.
Además de referirse a la Ley 16/2000 de la Generalitat de Cataluña, el comisario señala que es criterio del Tribunal de Justicia europeo que 'las medidas nacionales que puedan obstaculizar o hacer menos atractivo el ejercicio de las libertades fundamentales garantizadas por el tratado deben reunir cuatro requisitos: que se apliquen de manera no discriminatoria, que estén justificadas por razones imperiosas de interés general, que sean adecuadas para garantizar el objetivo que persiguen y que no vayan más allá de lo necesario para alcanzar dicho objetivo'.
Dificultad para valorar
En todo caso, Monti señala que la 'ausencia de precisiones en la información proporcionada a disposición de la Comisión' dificulta hacer una valoración sobre la proporcionalidad de este impuesto.
En la actualidad, hay tres comunidades autónomas que gravan con un impuesto especial a las grandes superficies: Cataluña, que fue la primera, Navarra y Asturias.
En el caso catalán grava con 17,43 euros el metro cuadrado a partir de una determinada superficie que sólo cumplen los híper. Según Anged, este impuesto supone más de 30 millones de euros al año a sus asociados. Sobre el impuesto asturiano, la patronal cifra el lucro cesante en el 25% de los beneficios.
Por otra parte, el comisario señala que esta medida no se consideraría ayuda de Estado siempre que, en contra de lo inicialmente previsto por la Generalitat, sus fondos se destinen a fines de carácter general que 'no beneficien a ninguna empresa o sector determinado' y solamente se podrá dirigir al pequeño comercio local de manera secundaria y por pequeñas cuantías.