El Supremo fija cómo valorar las opciones para calcular la indemnización por despido
En el cálculo de la indemnización de despido, cuando están implicadas opciones de compra de acciones ... ha de computarse el beneficio teórico producido en el momento de la adquisición de la opción por la diferencia existente en tal momento entre el precio especial pactado y el precio de mercado de las acciones adquiridas'. Así lo estima el Tribunal Supremo en la sentencia que, el día 1 de octubre, ratifica la indemnización que la compañía Dell Computer debe pagar a uno de sus directivos. En total, unos 547.000 euros de indemnización, de los cuales, 240.000 euros son por las opciones.
Según Luis Enrique de la Villa, socio del Bufete de la Villa y letrado de la defensa del directivo que ha ganado el caso contra Dell Computer, 'sentencias anteriores del Supremo han analizado el carácter salarial de las opciones sobre acciones que los directivos reciben de su empresa, pero en ésta el Supremo quiere, además, establecer el criterio para delimitar cómo y cuándo hay salario'.
De la Villa aclara que la cantidad que hay que incluir para el cálculo de la indemnización por despido es lo que el trabajador obtiene en el momento en que la opción pueda ejecutarse aunque no lo haga. 'La sentencia, cuando dice momento de adquisición, se refiere a momento de ejecución y lo que viene a decir es que el trabajador podrá ejercer la opción de compra cuando quiera según lo que diga el plan. Pero la empresa, a efectos de incluir una determinada cantidad en una posible indemnización por despido, sólo se fijará en el día a partir del cual se permita ejecutar las opciones de compra', aclara el letrado.
El importe vendrá dado por la diferencia entre el precio de compra de las acciones pactado y el precio de mercado de las mismas. Aunque la sentencia no analice hipótesis sobre qué ocurriría si el precio de mercado está por debajo del precio de ejercicio (aunque sí señala el Tribunal que 'la opción no se ejercitará normalmente'), de la Villa considera que 'cuando entre el precio de mercado y el de ejercicio resulte una cantidad igual a cero o negativa, no habrá nada que incluir en la indemnización'.
Del mismo modo, la sentencia tampoco se pronuncia sobre qué pasaría si el trabajador sufre un despido improcedente antes del día a partir del cual puede ejecutar las opciones de compra.
Las opciones que Dell ofreció al empleado tenían previsto un ejercicio escalonado del 20% de las acciones en cada año, con posibilidad de adelanto y un plazo máximo de ejercicio de 10 años, extinguiéndose el derecho de opción al fin de la relación de empleo. El Supremo reconoce que 'no toda opción de compra de acciones concedida por el empresario al trabajador es salario, sino que hay que estar a las circunstancias de cada plan'. Y considera necesario realizar unas precisiones.
Para el Supremo, en el momento de ejecutar la opción de compra 'hay una relación directa de reciprocidad entre el sacrificio patrimonial del trabajador (la cesión de los frutos de su trabajo) y el sacrificio patrimonial del empresario (la venta de la acción a un precio inferior al de mercado)'. Ahora bien, esto cambia cuando el trabajador vende las acciones compradas gracias a las opciones. Según el Supremo, 'no hay aquí relación entre empresario y trabajador'. Y, por tanto, este beneficio no se incluye en la indemnización.
Sin embargo, y aquí está uno de los aspectos curiosos de esta sentencia, el beneficio que obtuvo el ex directivo de Dell Computer con la venta de las acciones es lo que se ha computado como indemnización. Así lo estimó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ha dado origen al recurso presentado ante el Supremo por Dell y que ahora el alto tribunal confirma.
Votos discrepantes
No se revoca esta sentencia anterior pese a reconocer que 'lo que se ha considerado salario es el beneficio derivado de la venta de las acciones ... y no el beneficio que se produce en el momento de la adquisición de la opción'. Y una de las razones está en que el Supremo no ha admitido otra sentencia que aportó Dell a modo de argumento para lograr su pretensión.
La decisión del Supremo ha contado con el voto discrepante de tres magistrados que, estando de acuerdo con la mayoría, consideran que sí debió admitirse la sentencia aportada por Dell. Para las empresas, la decisión del Supremo puede ser tanto o más importante que para los directivos. Además de claridad, da seguridad sobre cuándo se determina el beneficio imputable al trabajador. Y, en parte, abre la puerta a que la empresa pueda elegir el momento del despido barato.