El nuevo IRPF baja la carga fiscal a los sobresueldos
La reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas introduce algunos cambios en el trato que reciben las opciones sobre acciones en este impuesto. El resultado final será que estos incentivos salariales soportarán una menor carga fiscal.
Hasta ahora, la cantidad recibida por el trabajador disfruta de una reducción del 30% en la base imponible del impuesto. Dicha reducción se elevará, para el año que viene y tras la entrada en vigor del IRPF reformado, al 40%.
La cantidad que el trabajador debe declarar como salario (rendimiento del trabajo personal) se determina por la diferencia entre el precio de compra de las acciones según lo pactado con la empresa y el precio que en el mercado se paga por dichas acciones.
Durante la tramitación de la reforma parcial del IRPF, en la actualidad pendiente de finalizar su paso por el Senado, el nuevo régimen fiscal de las opciones sobre acciones entregadas por la empresa a sus trabajadores ha pasado por distintas posibilidades.
De momento, y salvo cambios de última hora, además de las opciones sobre acciones, las indemnizaciones por despido y los bonus se reducirán un 40%. Ahora bien, en el caso de las opciones, el importe sobre el que actuará esta reducción del 40% no podrá superar el importe que resulte de multiplicar el salario medio anual por el número de años en que dicha renta se haya generado. Este salario medio anual es una cantidad que varía de año y que actualmente está fijada en 18.000 euros.
No obstante, el proyecto de reforma contempla poder doblar la cantidad libre de gravamen. Para ello es necesario que las acciones compradas gracias al contrato de opción se mantengan un mínimo de tres años.
Además, la oferta de opciones debe realizarse en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa, grupo o subgrupos de empresa. Es decir, que, en principio, no será necesario que toda la plantilla esté en las mismas condiciones ante los planes de opción. Pero sí será necesario que por categorías se dé la uniformidad.
Por otro lado, la ganancia o pérdida obtenida con la venta de las acciones que se compraron con las opciones tributará por el régimen general de las alteraciones de patrimonio y, en ningún caso, se considera rendimiento del trabajo. El tipo de gravamen previsto para estas ganancias será del 15% si acumulan una antigüedad de más de dos años.