Competencia condicionó la operación
El Tribunal de Defensa de la Competencia recomendó, por unanimidad, al Gobierno en 1994 que aprobase la operación. No obstante, le pidió que la condicionase al cumplimiento de tres requisitos básicos. Los notificantes no podrían tener conjuntamente más de cuatro emisoras en localidades con un número de emisoras de radio igual o superior a ocho. Estableció que en localidades con un número de emisoras inferior a ocho, los notificantes no podrían tener conjuntamente en propiedad o en asociación más del 50% de las emisoras. Y, finalmente, fijó que en localidades con un sola emisora, 'los notificantes no tendrán conjuntamente en propiedad o en asociación dicha emisora en más del 40% de las localidades de la comunidad autónoma que se encuentren en tal circunstancia'.
El Gobierno aprobó la operación con estos condicionantes por acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de mayo de 1994, haciéndose eco plenamente del informe elaborado por el Tribunal de Defensa de la Competencia. En este documento se señalaba además que 'se aprecia la existencia de importantes aspectos restrictivos de la competencia causados por la operación, aunque también se examinan aspectos como la mejora de los sistemas de producción y comercialización, fomento del progreso técnico y económico y contribución a la competitividad internacional, que pueden compensar sus aspectos restrictivos'.