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Legislación

Entra en vigor el convenio de cooperación transfronteriza de la UE

Traspasar la frontera del país en donde se ha cometido un delito ya no será un salvavidas para los criminales. Los funcionarios de aduanas de un país de la UE que estén persiguiendo a una persona pillada in fraganti cometiendo un delito podrán continuar la persecución más allá de sus fronteras y sin autorización del Estado en el que se introduzcan. Así lo recoge el convenio sobre asistencia mutua y cooperación entre Administraciones aduaneras publicado ayer en el BOE.

La norma tiene por objeto regular los casos de cooperación entre Estados para prevenir, investigar y perseguir determinadas infracciones tanto de la legislación nacional de los Estados miembros de la UE como de la normativa aduanera comunitaria. Entre las infracciones, el convenio señala las relacionadas con el tráfico ilícito de drogas, de armas y de bienes culturales, así como el comercio transfronterizo ilegal de mercancías para eludir impuestos o para conseguir ilegalmente el pago de prestaciones públicas relacionadas con la importación y exportación de mercancías.

Ahora bien, esta cooperación tiene unos límites. Por ejemplo, los funcionarios que estén realizando una persecución podrán llevar su arma reglamentaria, pero no podrán utilizarla salvo en legítima defensa. Asimismo, el convenio prohíbe la entrada en domicilios y en lugares donde el público no tenga acceso. En cuanto al intercambio de información, las Administraciones aduaneras deben respetar la normativa comunitaria sobre protección de datos de carácter personal.

El convenio, que ya es de aplicación provisional desde el pasado mes de mayo en España, Francia, Países Bajos, Reino Unido y Suecia, establece que será el Consejo quien resuelva los litigios que puedan surgir entre los Estados sobre la interpretación de la norma. Si en el plazo de seis meses no resuelve el asunto, será el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas el encargado de analizar las controversias.

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