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Fondos

Pasaporte para las pensiones

La aprobación de la directiva sobre planes de pensiones abre el mercado a la competencia europea, pero amplía el abanico inversor, bajo las premisas de diversificación y seguridad

Los planes de pensiones habían estado hasta ahora algo alejados de la mano armonizadora de la Unión Europea. No existía una normativa común que estableciera las pautas para el sector y, de hecho, sigue sin existir, pero por poco tiempo. Esta misma semana, el Consejo Europeo ha dado el visto bueno a una propuesta de directiva del año 2000 de la Comisión Europea sobre planes de pensiones, que está llamada a impulsar el sector de los planes de previsión complementarios en toda Europa. Aún falta que el Parlamento Europeo dé el visto bueno a esta directiva, y su posterior trasposición a las legislaciones nacionales. Una vez en vigor, los planes de pensiones gozarán, como ahora lo hacen los fondos de inversión, de un pasaporte europeo que permitirá a las gestoras la comercialización de planes en toda la Unión Europea.

'La noticia es muy buena, porque amplía el abanico de posibilidades de inversión', asegura Luis Moreno, director de marketing de BSN Banif. 'Nosotros siempre hemos apostado por la utilización de fondos de terceros'. Según el borrador de la directiva, las gestoras podrán comercializar sus planes de pensiones en otros países de la UE, siempre que hayan obtenido el visto bueno de la autoridad competente del país de origen. 'El proyecto se refiere principalmente a los planes de empleo, pero de acuerdo con la ley española, con una única licencia los planes individuales españoles podrían comercializarse fuera', explica Pilar González de Frutos, directora general de Seguros y Planes de Pensiones.

Esta medida implica asimismo un aumento de la competencia extranjera en España, que las gestoras consideran positiva, pues dinamizará el mercado. 'Eso nos va a obligar a ponernos las pilas', añade Luis Moreno.

La directiva contempla asimismo la actuación transfronteriza de las gestoras de planes de pensiones de empleo, de cara a realizar una gestión de corte global. 'Si se permitiera a los OPJ [siglas de las gestoras de planes de pensiones] gestionar planes para empresas establecidas en otro Estado miembro, se alcanzarían economías de escala de varias clases: políticas de inversión más eficientes debido a la agrupación de activos, simplificación de la administración y cumplimiento de normas cautelares y de notificación de la autoridad única de supervisión', asegura el borrador. Esta medida beneficiará a las compañías paneuropeas, que podrán crear un único plan de pensiones para sus empleados en toda la Unión. La Comisión Europea ha calculado que a una empresa paneuropea le cuesta alrededor de 40 millones de euros anuales establecer por separado sistemas de previsión para sus empleados en cada Estado miembro.

La directiva de pensiones nace con el objetivo de impulsar los sistemas de previsión complementarios, en un momento en que el envejecimiento de la población va en aumento y peligra la continuidad de los planes de pensiones públicos. 'En su calidad de inversores a largo plazo [las gestoras de planes de pensiones] están en una situación ideal para contribuir a la financiación de iniciativas privadas', añade el borrador. Ello impulsará la capitalización de los mercados de valores y favorecerá el crecimiento económico de toda la región.

Para ello, la Unión Europea pretende ampliar las políticas de inversión de los fondos de pensiones, incidiendo en la diversificación de activos y en la seguridad para el ahorrador. 'Al limitar las posibilidades de diversificación de activos, las normas demasiado restrictivas podrían complicar también la gestión del riesgo y reducir la seguridad de las carteras de inversión', sostiene en el borrador la Comisión Europea, el cual se refiere a una diversificación apropiada en cuanto a emisores, tipo de valores, zonas geográficas, monedas y sectores industriales.

Esa diversificación se plasma, según los acordado esta semana por los Quince, en una serie de limitaciones a la inversión. Los fondos no podrán invertir más del 30% de sus carteras en activos que no coticen en mercados regulados, no podrán invertir más del 5% en un único valor, ni más de un 10% en empresas de un mismo grupo. Esta limitación es más restrictiva que la de la legislación española, que prohíbe a los fondos de pensiones invertir más de un 10% de su cartera en activos emitidos por una sola entidad. En el caso de los planes de empleo, se limita también la inversión en acciones de la compañía promotora. 'La quiebra de la empresa promotora podría tener el doble resultado de la pérdida de empleo de sus empleados y la amenaza de sus derechos de pensión. Así pues, debe limitarse estrictamente la autoinversión', apunta el borrador. Los Quince han tenido muy presente la quiebra de Enron, que provocó ese doble efecto para los trabajadores.

La directiva deja pendiente la fiscalidad de los planes de pensiones, si bien los Quince se han propuesto armonizar este apartado una vez que entre en vigor la nueva legislación. La idea es evitar que la fiscalidad de los Estados miembros favorezca los planes nacionales frente a los extranjeros. 'Hasta ahora, el contribuyente español tan sólo podía deducir de la base imponible de su declaración si invertía en un plan español. La nueva legislación permitirá deducciones por aportar a un fondo extranjero', afirma Juan Rincón, abogado de UBS Warburg Banca Privada.

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