Cuando el Tribunal corrige a la Comisión
La decisión del Tribunal [de la UE] de recriminar a la Comisión por prohibir la fusión de dos operadores turísticos sentará jurisprudencia (...). El veredicto incide (...) en el punto en que mejor se puede coger en falta a la Comisión: la transparencia (...). Es cierto que no hay en Bruselas metodología clara a la que se puedan acoger los candidatos a una fusión para saber si su operación pasará el examen (...). La decisión del Tribunal demanda mayor transparencia en los criterios. Pero no se trata de zancadillear a la Comisión, cuya misión, entre otras, es impedir cualquier abuso de posición dominante. Simplemente, los candidatos a una fusión podrán (...) apreciar mejor las medidas que deben tomar para (...) obtener su luz verde. Es lo único que piden las empresas.