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Código conducta

Bruselas endurece el control sobre la independencia de los auditores

Las compañías auditoras, antes de aceptar como cliente a una empresa que cotiza en Bolsa, deberán valorar y documentar cualquier amenaza potencial a su independencia. Un riesgo menor podrá soslayarse adoptando ciertas medidas preventivas; pero en los casos más graves, la auditora tiene prohibido desde ayer aceptar el contrato.

Como ejemplos que impiden a partir de ahora el establecimiento de una relación comercial, Bruselas enumera los vínculos financieros directos (o indirectos si son significativos) entre el auditor y su cliente potencial o los familiares entre las altas jerarquías de ambas empresas. Además, no se tolerará que la viabilidad económica de una auditora dependa excesivamente de un solo cliente.

El comisario de Mercado Interior y Fiscalidad, Frits Bolkestein, presentó ayer las nuevas normas. 'Se trata de una recomendación, porque la Comisión Europea piensa que éste es el camino más rápido para que se apliquen en todos los países de la UE'. Pero la Comisión verificará su cumplimiento 'y, seamos claros, si no se respetan, no dudaré en proponer medidas más duras y obligatorias'. Bolkestein confía en no llegar a ese extremo porque, de hecho, muchos países ya han comenzado a adaptar su legislación a estos nuevos estándares.

La nueva normativa no prohíbe a las auditoras acompañar su oferta con otra clase de servicios. Pero extrema la vigilancia sobre la transparencia de las diferentes tarifas aplicadas. La firma deberá demostrar que el precio de su labor de auditoría es razonable, 'especialmente si es mucho más bajo que el de otras firmas'. Y, sobre todo, que no está ofreciendo ninguna rebaja compensada por los ingresos obtenidos a partir de otros servicios, que en cualquier caso se procurará que no constituyan el principal recurso económico de la auditora. Al menos una vez al año, la auditora deberá desgranar ante el consejo de administración de la empresa auditada la relación de tarifas percibidas por cada tipo de prestación.

John Fish, presidente del consejo de los Colegios de Abogados de la UE, se preguntaba ayer 'si estas disposiciones bastarán para asegurar la independencia de los auditores'. Bolkestein recuerda que 'se trata de una armonización de mínimos, que los Estados miembros pueden endurecer'. 'Estoy seguro de que todos los profesionales coincidirán en que se deben cumplir estas normas', apuesta Fish.

Nueva directiva de opa

El comisario Bolkestein anunció por otra parte que su departamento espera ultimar el nuevo proyecto de directiva de opa antes del verano. Bolkestein reconoció que 'tomaré en cuenta' los planteamientos de Alemania, país que saboteó la anterior propuesta. De entrada, Bolkestein parece alejarse de las sugerencias del profesor Jaap Winter, cuyo reciente informe apuntaba a una gestión empresarial basada en el principio 'un accionista un voto'.

El pasado 29 de abril, el canciller Gerhard Schröder llamó a capítulo a Bolkestein, entre otros comisarios, por su supuesta fascinación con un capitalismo financiero que ignora la realidad industrial de la economía europea. Bolkestein asegura, sin embargo, que el canciller le prometió ese día, en el transcurso de una cena celebrada a las afueras de Bruselas, el apoyo a una nueva directiva siempre que se garantice 'un terreno de juego equilibrado' en toda la UE sin acciones de oro, restricciones a la competencia ni barreras a la inversión.

Bruselas espera impaciente la decisiva sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que fallará el 4 de junio sobre las denuncias de la Comisión contra las acciones de oro. Las conclusiones preliminares del Tribunal defendían el derecho de un Estado a reservarse un cierto control sobre empresas que operen en sectores estratégicos. De confirmar esa tesis, admite Bolkestein, 'deberemos plantearnos de nuevo muchas cosas'.

La CE descarta que se deba cambiar periódicamente de auditora

 

 

Las empresas cotizadas en Bolsa no podrán ser auditadas durante más de siete años por el mismo equipo auditor. Los principales socios de la auditoría deberán rotar en ese plazo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las nuevas normas fijan en dos años el periodo mínimo que debe pasar antes de que un socio de la auditora retome a un antiguo cliente. El mismo plazo 'de enfriamiento' se establece para los socios principales que decidan continuar su carrera profesional en un puesto de alta responsabilidad en alguna empresa a la que hubieran auditado.

 

 

 

 

 

 

 

La Comisión Europea ha descartado, sin embargo, que se pueda obligar a las empresas a cambiar periódicamente de auditora. 'La mayoría de los países ha rechazado esta posibilidad', explica Karel van Hulle, jefe de la Unidad de Información Financiera y Ley de Sociedades del departamento de Mercado Interior de la Comisión Europea. Y añade que 'o hay evidencias de que una rotación obligatoria redunde en una mejora de la calidad de las auditorías'.

 

 

 

 

 

 

 

Las recomendaciones adoptadas ayer contemplan, sin embargo, la posibilidad de que algún Gobierno adopte esa medida. El Ministerio español de Economía, por ejemplo, ha sopesado, en el marco de la revisión de la Ley Financiera, el cambio obligatorio de auditora para ciertas empresas cada 12 años. El comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, indicó ayer que 'no espero que los Gobiernos vayan más allá de nuestra propuesta'.

 

 

 

 

 

 

 

La Comisión recuerda que la transición de una firma auditora a otra 'supone un periodo de especial riesgo'. Un estudio realizado en EE UU muestra que en esa etapa se produce la mayoría de los fraudes.

 

 

 

 

 

 

 

Bruselas mantiene, por otra parte, la obligación de un sistema externo de control de calidad de la auditoría. Pero en este terreno se remite a las recomendaciones adoptadas hace dos años.

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